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La importancia de los contratos en la economía
Jue, 17/11/2016 - 12:19

Karelys Abarca

Los controles de precios, miles de años de desatinos
Karelys Abarca

Karelys Abarca es Economista, egresada de la Universidad Central de Venezuela, y Profesora-Investigadora en la Facultad de Economía de esta casa de estudios. Ha sido dos veces Premio Nacional Alberto Adriani, galardón otorgado por el Banco Central de Venezuela y la Fundación Alberto Adriani. Twitter: @karelitabarca

En la vida cotidiana de todas las sociedades es muy frecuente la realización de contratos, ya que los intereses diferentes de las personas crean obstáculos a la cooperación humana, que es de vital importancia para lograr la cohesión social. Por lo tanto, las estafas, conflictos de intereses y acciones de incumplimiento, pueden ser mitigados, aunque no absolutamente evitados o resueltos, por acuerdos contractuales. 

En la práctica, los contratos coherentes proporcionan incentivos a las partes involucradas para aprovechar los beneficios potenciales de la cooperación. Los ejemplos más comunes, como los contratos laborales, incluyen las condiciones de pago y promoción diseñadas para retener y motivar para el trabajo productivo a los empleados, pero también los contratos de seguros, porque combinan el riesgo compartido de los deducibles y pagos fraccionados para alentar a los clientes a tener precaución con sus bienes. 
A fin de cuentas, la idea central de firmar contratos es lograr alinear  los incentivos entre los cooperantes para explotar los beneficios comunes, pero también para protegerlos en caso de ruptura de las condiciones establecidas entre las partes. 
Este año fueron premiados con el Nobel de Economía dos investigadores que desarrollaron una teoría aparentemente de poco atractivo, la teoría de los contratos. Se trata de Oliver Hart y Bengt Holmström. Los estudios de los dos académicos examinan qué se puede hacer para mejorar la eficiencia de los contratos, de manera que apuesten cada vez más a un juego ganar-ganar. 
Los estudios de Holström y Hart se enfocan en cómo se deben fijar estos equilibrios eficientes en los contratos, explicando por ejemplo por qué las compañías de seguros nunca reintegran todo el valor de la casa quemada o el coche robado, generando incentivos adecuados para fomentar que las partes potencialmente beneficiadas sean preventivas y no se aprovechen de derechos excesivos.
Entre las contribuciones de Hart tenemos la premisa de la imposibilidad de especificar en un contrato todo lo que podría ocurrir, de ahí que sea necesario tener unas reglas generales que incentiven a la relación cooperativa, de tal modo que la situación ideal es la transparencia en los derechos de propiedad de los contratantes. Para el economista estadounidense-británico Oliver Hart, los contratos son siempre “imperfectos”, ya que todos los imprevistos no pueden vislumbrarse, por lo que todos los contratos son “contratos incompletos”. Sólo que mientras más incompletos sean, mayores los costos de una potencial ruptura.
Los aportes de Holmström, el economista finlandés co-ganador, explican por ejemplo, entre otras cosas, porqué los jóvenes trabajan más duro, al tener mayores expectativas de ascenso. O también cómo se debe recompensar a través de contratos el trabajo en grupos, evitando que haya uno que se aproveche del esfuerzo del equipo, lo que se puede lograr a través de pequeños incentivos económicos que incrementan el costo de no trabajar en equipo o de trabajar deficientemente en un grupo. 
Holmström teorizó también sobre la última crisis financiera mundial, haciendo énfasis en que los mercados de capitales no funcionan bien cuando se vulnera la confianza por fallas en la transparencia de la información, por lo que resulta necesario respaldar las deudas con suficientes garantías que luego los acreedores puedan reclamar. 
La teoría de los contratos, desarrollada por los dos ganadores del Premio Nobel de Economía 2016, Oliver Hart y Bengt Holmström es tan versátil, que puede aplicarse a negociaciones tan diversas como las concesiones de autopistas y todo tipo de contratos con el Estado, así como contratos de trabajo, franquicias, derechos de propiedad intelectual, hasta contratos matrimoniales y otros contratos sociales, que por esencia son incompletos.
Si aplicamos el principio de imperfección e incompletitud de los contratos a contratos sociales, podemos encontrar el origen de desequilibrios de algunos países, en materia de bienestar y derechos individuales. Por ejemplo, el contrato social en Venezuela expresado en la Constitución Nacional, está mostrando que no existe un equilibrio eficiente entre las partes contratantes, generando confusión e infelicidad, por diversos motivos. En primer lugar, el contrato no deja suficientemente claro cuáles son las partes contratantes, ya que no estipula de manera definitiva cómo garantizar el equilibrio entre los poderes públicos, a favor de la ciudadanía. Además, el contrato social que ampara a todos los venezolanos, no especifica cómo evitar las transferencias de poder que vulneran los derechos de elección y propiedad de los ciudadanos, porque algunas de sus cláusulas otorgan poderes extraordinarios al Estado y dejan en manos de éste la administración de los derechos de los individuos.
Una de las imperfecciones más notables del contrato social en Venezuela es el excesivo énfasis que hace la Constitución en el papel del Estado en la sociedad, casi como única forma de manifestación de la ciudadanía, y por un problema de categorías y definiciones, así como excesiva complejidad y fallas de distribución de poder, el Estado es ontológicamente intervencionista y por tanto, queda igualado en la práctica con la imagen de gobierno, al margen de los derechos de la ciudadanía. Precisamente porque este contrato falla en los mecanismos de defensa de la ciudadanía ante los excesos del Estado. Obviamente si falla el contrato marco de la sociedad, son susceptibles de fallar todos los demás contratos firmados entre los agentes del sistema.
Oliver Hart y Bengt Holmström nos demuestran con su versátil teoría de los contratos, que el delicado equilibrio que garantiza cohesión y cooperación en las sociedades modernas, puede romperse cuando las reglas no están suficientemente claras, cuando los mecanismos de protección para las partes contratantes no están bien definidos o delimitados o no hay suficiente transparencia en las relaciones contractuales, poniendo en juego las garantías que los cooperantes afectados puedan reclamar. 

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