Pasar al contenido principal

ES / EN

Puntos ciegos y el escape de Joaquín "El Chapo" Guzmán
Mié, 15/07/2015 - 09:24

Pascal Beltrán del Río

Elección 2012: el qué y el cómo
Pascal Beltrán del Río

Pascal Beltrán del Río Martin es periodista mexicano, ha ganado dos veces el Premio Nacional de Periodismo de México en la categoría de entrevista, en las ediciones 2003 y 2007. En 1986 ingresó en la entonces Escuela Nacional de Estudios Profesionales Acatlán de la Universidad Nacional Autónoma de México, donde se licenció en Periodismo y Comunicación Colectiva. De 1988 a 2003 trabajó en la revista Proceso; durante este tiempo publicó el libro Michoacán, ni un paso atrás (1993) y fue corresponsal en la ciudad de Washington, D.C. (1994-99), además de Subdirector de Información (2001-2003). Fue dos veces enviado especial en Asia Central y Medio Oriente, donde cubrió las repercusiones de los atentados terroristas de septiembre de 2001 y la invasión de Irak.

Los centros penitenciarios no son ambientes normales. Son espacios pensados para castigar –principalmente mediante el encierro y la incomunicación– a individuos que han realizado actos que dañan a la sociedad.

En México  alguien tuvo la ocurrencia de que los presos deben tener muchas de las mismas garantías de que gozan las personas que no han perdido su libertad. Al rato no va a faltar quien diga que tenerlos encerrados en cuatro muros y no permitirles el voto atenta contra sus derechos humanos.

En la conferencia del lunes sobre el escape de Joaquín El Chapo Guzmán, el secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio, dio a conocer que la fuga del capo fue posible por dos “puntos ciegos” en el sistema de videovigilancia del penal de El Altiplano, mismo que consta de 750 cámaras.

A decir de Osorio Chong, esos “puntos ciegos” tienen su razón de ser en el respeto de la “intimidad” y los “derechos humanos” de los detenidos.

También dijo que si bien El Chapo portaba un brazalete –supongo que para identificación–, éste no tenía la capacidad de emitir una señal geolocalizable porque “la Comisión Nacional de Derechos Humanos no permite” su uso dentro de los penales.

Esos dos datos me generan una enorme inquietud. ¿Debemos entender que los “derechos” de los presos, que atentaron contra la sociedad, son más importantes que los del resto de la población?

A mí no se me ocurriría pedir que a los detenidos se les inflija dolor o se les deje sin comer, pero me parece que, por definición, quien está preso pierde derechos. Para comenzar, el de la libertad. Tampoco puede gozar el detenido del mismo tipo de privacidad que las personas no detenidas. Necesariamente sus comunicaciones deben ser monitoreadas, sobre todo si existe la presunción –como en el caso de El Chapo– de que siguen manejando un negocio criminal desde la cárcel… o que, por haberse fugado antes de prisión, podrían intentarlo de nuevo.

Hasta su muerte en 2011, Carl Sonny Emerson, un experto y veterano del sistema penitenciario estadunidense, tuvo una larga carrera en el diseño de cárceles.

Es el inventor de OmniView, un tipo de prisión circular, que permite una mejor vigilancia de lo que ocurre en el interior del espacio carcelario. Cuando el modelo fue presentado en 2008, en la conferencia de la American Correctional Association, en Grapevine, Texas, fue recibido con entusiasmo, incluso por parte de representantes mexicanos.

El interés de Emerson en hacer más eficiente la vigilancia en las prisiones, nació de un incidente trágico en su trayectoria: el suicidio de un preso de 18 años de edad, que ocurrió en un “punto ciego” de la cárcel donde él se desempeñaba como custodio.

“Entonces supe que una cárcel con un solo ‘punto ciego’ no es una cárcel segura”, escribió el experto.

Para Emerson y otros que han investigado el tema, los “puntos ciegos” en las cárceles son áreas de riesgo, donde los presos pueden atacar a los custodios o viceversa; donde los presos pueden agredir a otros presos, como cometer abuso sexual, o suicidarse; donde se pueden traficar drogas o practicarse otras conductas delictivas, y donde se pueden fraguar y ejecutar planes contra la seguridad y buen desarrollo de la vida en el centro penitenciario.

Yo no entiendo la lógica de los “puntos ciegos” para cuidar la intimidad de los reclusos. Máxime, si estamos hablando de personas peligrosas.

Violaría su intimidad si la grabación en video de lo que ocurre en regaderas, sanitarios o durante la visita conyugal –y que no fuese actividad ilegal– se subiera en internet o se filtrara a los medios. Quien hiciera eso debería ser castigado, ahí sí, por atentar contra los derechos del detenido, que no debe ser sometido al ridículo.

Pero si la videovigilancia tiene el propósito exclusivo de evitar actos violentos o ilegales, como una evasión del reo, no tendría por qué impedirse en ningún lugar de un penal.

¿Qué pasaría, por ejemplo, si un recluso es atacado por un guardia en el baño? ¿Se diría que sus derechos están protegidos por el “punto ciego”?

Ya lo vimos: permitir esos “puntos ciegos”, por interpretaciones absurdas de los derechos humanos, tiene consecuencias nefastas para la sociedad.

*Esta columna fue publicada originalmente en Excelsior.com.mx.

Países