Pasar al contenido principal

ES / EN

Levantamiento de secreto bancario en Perú será en plazo oportuno y sin demoras
Miércoles, Diciembre 24, 2014 - 10:56

El proyecto de resolución SBS regula el procedimiento de atención de las solicitudes de levantamiento del secreto bancario por parte de las autoridades competentes.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha prepublicado un proyecto para garantizar que las entidades del sistema financiero atiendan de manera oportuna las solicitudes de levantamiento del secreto bancario en un plazo no mayor a los 30 días hábiles.

El proyecto de resolución SBS regula el procedimiento de atención de las solicitudes de levantamiento del secreto bancario por parte de las autoridades competentes.

La iniciativa propone plazos y obligaciones que deberán cumplir las entidades del sistema financiero supervisadas y/o reguladas por la superintendencia, con la finalidad de atender de manera oportuna las solicitudes presentadas por las autoridades facultadas.

Según el artículo 143° de la Ley 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la SBS, las autoridades facultadas a solicitar el levantamiento del secreto bancario son el Poder Judicial y el presidente de una Comisión Investigadora del Poder Legislativo, con acuerdo de la comisión de que se trate y en relación con hechos que comprometan el interés público.

Asimismo, el Fiscal de la Nación o el gobierno de un país con el que se tenga celebrado un convenio para combatir, reprimir y sancionar el tráfico ilícito de drogas, el terrorismo o el lavado de activos, y el superintendente de Banca, Seguros y AFP, en ejercicio de sus funciones de supervisión.

Tomando en cuenta el proceso de recepción y trámite de las solicitudes de levantamiento del secreto bancario que sigue la SBS, el proyecto plantea que el plazo de atención de dichas solicitudes no sea mayor de 30 días hábiles.

Ello salvo mandato legal o judicial en contrario, por parte de las empresas del sistema financiero, lo que procurará que los requerimientos que formulen las autoridades pertinentes sean atendidos en forma expeditiva.

El proyecto estará prepublicado en el portal de la SBS (www.sbs.gob.pe) hasta el 19 de enero del 2015 con la finalidad de recoger los comentarios, opiniones y sugerencias de los interesados y del público en general.

Autores

Agencia Peruana de Noticias