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Perú decreta veda de pulpo en costas durante tres meses
Miércoles, Octubre 12, 2011 - 11:24

El Ministerio de la Producción promulgó la prohibición a partir de este jueves 13 de octubre de la extracción, transporte, comercialización, almacenamiento y procesamiento del recurso pulpo en las costas peruanas.

Lima, Andina. El Ministerio de la Producción prohibió a partir de este jueves, la extracción, transporte, comercialización, almacenamiento y procesamiento del recurso pulpo (Octopus mimus) en todo el litoral peruano por un período de tres meses.

Una resolución del ministerio publicada, señala que según el informe técnico del Instituto del Mar del Perú (Imarpe) denominado “Situación actual del recurso pulpo en el litoral peruano”, el análisis de la información biológica pesquera disponible sobre el citado recurso muestra que en el litoral de Piura y Lambayeque se mantienen bajos los niveles de abundancia del pulpo y pesos totales menores al mínimo legal establecido de un kilogramo.

Agregó que ello evidencia que pese a la veda establecida en ambos departamentos en el 2009, se continuó la actividad extractiva y el recurso no muestra signos de recuperación en esas regiones, donde se encuentran los principales bancos naturales de la especie y, por ende, el principal proveedor del mercado nacional.

Por ello, recomendó mantener la veda en Piura y Lambayeque, considerar la adopción de similar medida en el resto del litoral por un período prudencial de tres meses a fin de evitar que se siga capturando ejemplares menores al peso mínimo de extracción, e intensificar las medidas de control y vigilancia en el litoral que garanticen el cumplimiento de las normas legales establecidas para el recurso pulpo.

Según la resolución publicada, las personas naturales y jurídicas que a la fecha de entrada en vigencia de la resolución cuenten con stock del recurso pulpo que hayan sido extraídos en el litoral peruano, tendrán un plazo de cinco días calendario para su comercialización.

Para tal fin deberá presentarse una declaración jurada sobre el volumen de dicho stock a las direcciones regionales o a las que hagan sus veces con competencia pesquera del gobierno regional correspondiente.

Las plantas de procesamiento podrán recibir el recurso pulpo dentro de los cinco días calendario, luego de la entrada en vigencia de la veda, y tendrán un plazo de diez días para realizar su procesamiento.

Igualmente, los establecimientos comerciales también tendrán un plazo de diez días para disponer del recurso.

Autores

Agencia Peruana de Noticias