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Senado de Colombia discute aprobación de los artículos restantes de la reforma pensional de Petro
Martes, Abril 23, 2024 - 15:45
Fuente: Reuters

El régimen de transición todavía está pendiente de aprobación en el segundo debate en la plenaria de la Cámara Alta del parlamento colombiano.

La plenaria del Senado de Colombia ya aprobó 73 artículos de la reforma pensional del Gobierno de Gustavo Petro en segundo debate, incluyendo el umbral de cotización en Colpensiones (que pasó de tres salarios mínimos a 2,3 salarios).

Este martes continuará el debate y la votación de los 21 artículos que hacen falta, en esa lista está el régimen de transición (artículo 76), que, básicamente, define a partir del número de semanas cotizadas quiénes estarán en el nuevo sistema y quiénes no. Antes de explicar lo que hasta ahora dice la reforma, vale aclarar que el requisito puede cambiar, ya sea porque el Senado apruebe uno diferente este martes o porque se presenten cambios en alguno de los dos debates que faltan en la Cámara de Representantes de Colombia.

La ponencia para segundo debate señala que los hombres que tengan 900 semanas cotizadas y las mujeres que tengan 750 semanas seguirán cobijados por la Ley 100 de 1993, es decir, seguirán bajo las mismas reglas que tiene el sistema hoy en día.

En cambio, los hombres que hayan cotizado menos de 900 semanas y las mujeres que estén por debajo de las 750 semanas entrarán en el nuevo sistema de pilares.

¿QUÉ PLANTEA LA REFORMA PENSIONAL?

El Gobierno de Gustavo Petro propone acabar la competencia entre Colpensiones y las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y crear un sistema con cuatro pilares.

- En el pilar solidario, que contempla una renta básica que corresponderá como mínimo a la línea de pobreza extrema (cerca de $223.000 o US$ 56,8), entrarán las personas mayores en condición de pobreza que no logren tener una pensión (a los 65 años los hombres y a los 60 años las mujeres).

En segundo debate se incluyeron en este pilar las mujeres mayores de 50 años y los hombres mayores de 55 años con discapacidad, que tengan una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50% y que no cuenten con recursos.

- Del semicontributivo se beneficiarían las personas (en los mismos rangos de edad del solidario) que cotizaron entre 300 y menos de 1.000 semanas. En el sistema actual, a quienes no cumplen los requisitos de semanas se les devuelve lo que cotizaron (en el caso de Colpensiones, sin intereses); con la reforma ese dinero se convertiría en una renta vitalicia.

La plenaria del Senado colombiano cambio la fórmula para calcular las rentas de quienes no son beneficiarias del pilar solidario, pasando de un subsidio de 15%, a uno de 20% para los hombres y de 30% para las mujeres.

- Tal como está hoy el régimen de transición y según lo aprobado en segundo debate para el pilar contributivo, las mujeres que tengan menos de 750 semanas y los hombres que tengan menos de 900 semanas cotizarán a Colpensiones hasta 2,3 salarios mínimos y de ahí en adelante tendrán que cotizar en alguno de los fondos privados. Es decir, si una persona gana un salario mínimo solo cotizará en Colpensiones, pero si gana cuatro cotizará una parte en Colpensiones y una parte en las AFP.

- El cuarto pilar es de ahorro voluntario.

El pilar de cotización en Colpensiones es uno de los puntos más álgidos del debate. La recomendación general de los expertos es bajarlo para conseguir un sistema más sostenible a largo plazo. Mauricio Olivera, vicerrector administrativo y financiero de la Universidad de los Andes y expresidente de Colpensiones, explicó que cada peso que se cotiza en esa entidad es una deuda futura y, por eso, mientras más alto el umbral, mayor la deuda.

El umbral está directamente relacionado con la sostenibilidad del sistema. Las pensiones en Colpensiones tienen una especie de subsidio por la forma en la que se calculan, pues lo que ahorran los afiliados en el régimen público no alcanza para pagarles las mesadas establecidas, de ahí que el Estado debe poner recursos extras.

A eso se refiere Olivera, si es más alto el límite de cotización en esa entidad, cuando esos afiliados se pensionen el Estado tendrá que poner más dinero.

Por su parte, la ministra de Trabajo de Colombia, Gloria Inés Ramírez, ha dicho que el umbral se debe mantener para garantizar la “suficiencia pensional en los términos que establece la OIT”.

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