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Corte chilena ordena pagar US$7,6M a expresos de la dictadura
Miércoles, Noviembre 19, 2014 - 09:29

Según el fallo unánime de la III Sala del tribunal de alzada, cada uno de los treinta demandantes recibirá 150 millones de pesos (unos US$254.000) como indemnización por su confinamiento en la Isla Dawson.

Santiago. La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó al Estado chileno pagar 4.500 millones de pesos (unos US$7,6 millones) a treinta antiguos presos políticos que fueron confinados por la dictadura de Augusto Pinochet en una inhóspita isla de la Patagonia, informaron fuentes judiciales.

Según el fallo unánime de la III Sala del tribunal de alzada, cada uno de los treinta demandantes recibirá 150 millones de pesos (unos US$254.000) como indemnización por su confinamiento en la Isla Dawson, donde Pinochet (1973-1990) instaló un campo de prisioneros políticos a cargo de la Marina que funciono entre septiembre de 1973 y el mismo mes de 1974.

En ese lugar, a unos 100 kilómetros al sur de Punta Arenas y a unos 2.600 de Santiago, los presos eran sometidos a un régimen de trabajos forzados, en medio de las inclemencias del inhóspito clima imperante.

La demanda fue interpuesta en enero de 2008 por los ex prisioneros, muchos de los cuales se exiliaron tras obtener su libertad y viven en lugares como Australia, Canadá, Holanda y Estados Unidos, además de Chile.

Cuatro de ellos murieron durante la tramitación de la causa judicial: Gerónimo España, José Díaz Catelicán, Renato Mora y Ramón Gómez Roldán.

El fallo de este miércoles confirmó lo dictaminado en primera instancia por la jueza Claudia Troncoso Niemeyer, del XVIII Juzgado Civil de Santiago, que estableció que los demandantes fueron víctimas de graves violaciones a los derechos humanos, que configuran un delito de lesa humanidad imprescriptible.

El Consejo de Defensa del Estado (CDE) se opuso al pago al alegar la prescripción de los hechos, pero el fallo refrendó que tratándose de delitos de lesa humanidad, si la acción penal persecutoria es imprescriptible, no resulta coherente entender que la acción civil indemnizatoria esté sujeta a las normas sobre prescripción establecidas en la ley civil interna.

Autores

EFE