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Chile dicta reglamento para redes de telecomunicación en momentos de emergencia
Lunes, Febrero 25, 2013 - 15:55

La medida se publicó a pocos días de cumplir el tercer aniversario del 27F, para evitar que los organismos gubernamentales se queden sin comunicación durante catástrofes.

A días de cumplirse un tercer aniversario del terremoto que azotó a Chile el 27 de febrero de 2010, la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) dictó el reglamento que fue publicado hoy en el Diario Oficial, que aprueba la implementación, operación y conservación de las redes de telecomunicaciones de organismos públicos y del Estado en situaciones de emergencia.

La normativa permitirá corregir y ordenar las debilidades de las redes de telecomunicaciones estatales ante situaciones de emergencia, especialmente en materia de coordinaciones de organismos de gobierno y los distintos organismos de emergencia conducentes a generar preventivamente alarmas de catástrofes.

El reglamento se enmarca dentro de la implementación de la Ley de Reconstrucción y Emergencias de Telecomunicaciones y que ha permitido establecer una serie de protocolos  técnicos en caso de catástrofe.

Esto busca garantizar la continuidad del servicio en el sistema estatal de telecomunicaciones, otorgando al Estado herramientas para coordinar acciones y contar con infraestructura mejor preparada.

La normativa establece que la Subsecretaría de Telecomunicaciones, deberá coordinar con los diversos organismos e instituciones de gobierno y con operadoras privadas el diseño, implementación, desarrollo y mantenimiento de la política y plan de resguardo de la infraestructura critica de telecomunicaciones.  

Para el cumplimiento de esto, los organismos relacionados a situaciones de emergencia o catástrofe, deberán especificar en su normativa interna o en los contratos de mantenimiento que suscriban en materia de labores preventivas y a los procedimientos de recuperación ante fallas.

Además deberán detallar el tiempo de reposición frente a fallas, suministro de repuestos, programas de mantenimiento preventivo periódicos, análisis de vulnerabilidad, verificación de la interoperabilidad, revisión de planes de contingencia y soporte de operación.

Dentro de lo que establece la norma, se destacan las características que deberán tener las redes para situaciones de emergencia, como despliegue de infraestructura interoperable, facilidad de acceso a servicios de internet, telefonía fija y móvil y transmisión de datos, terminales portátiles y móviles de acuerdo de acuerdo a las necesidades específicas de cada organización, instalaciones con sistemas de energías respaldados, interconexiones entre regiones con diversas rutas y respaldos de manera de asegurar el servicio y minimizar riesgos frente a cortes y fallas de transporte.   

Las redes de telecomunicaciones para la Gestión de Emergencias, deberán considerar una migración paulatina hacia redes que permitan la interoperación y continuidad de servicio frente a situaciones de emergencia.

La funcionalidad de estas redes es independiente de los servicios comerciales y que en situaciones de emergencia presentan altos niveles de congestión debido al incremento de tráfico por parte de los usuarios.

Autores

AETecno