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Portabilidad numérica en Chile: los temas pendientes
Miércoles, Enero 5, 2011 - 19:10

<p>Desde mediados del próximo año, los chilenos serán dueños de su número de teléfono fijo o celular, es decir, tendrán la libertad de cambiarse de operador sin necesidad de cambiar de número.</p><p>El tema no es menor en un país con alta penetración de telefonía, sobre todo celular. Según cifras de la Secretaría de Telecomunicaciones, en junio de este año, Chile registraba 17,6 millones de teléfonos celulares y 3,5 millones de líneas fijas residenciales, cifra que supera en casi 25% al número de habitantes de todo el país.</p><p><strong>La portabilidad numérica se ha implementado en más de 50 países, ya sea en telefonía fija, celular o en ambas</strong>. El primero en hacerlo fue Hong Kong en 1995 para telefonía fija y para celulares fue Singapur, en 1997. En Latinoamérica ya se ha lanzado comercialmente en México –que en 2008 fue el primer país de la región en contar con portabilidad numérica en telefonía móvil y fija - Panamá (sólo para telefonía fija), Brasil, Perú y Ecuador, mientras en República Dominicana, y Argentina se encuentra en etapa de implementación.</p><p><strong>Sin embargo, la ley promulgada en Chile deja varios puntos pendientes que deben ser aclarados en un reglamento que acompañará a la ley.</strong></p><p>Sin duda <strong>el más importante de ellos es la base de datos de administración de la numeración telefónica, que contendrá importante información sobre los usuarios y por supuesto, sus números telefónicos</strong>.</p><p>¿Será una base de datos pública? ¿Tendrá propietario? ¿Será de propiedad del organismo administrador de la portabilidad? Son materias muy importantes que no están resueltas por la ley, y que deben ser estudiadas en el reglamento para evitar el mal uso de los datos.</p><p><strong>Otro tema importante es qué sucederá con los morosos</strong>. Ese punto deberá aclararlo el reglamento que debe ser dictado por el Ejecutivo, donde se podría regular la situación de quienes no estén al día en sus pagos. De todas maneras, <strong>se debe tener cuidado en imponer restricciones a mal denominados “morosos”, porque se debe distinguir entre el cliente que reconoce el cobro y está moroso y el cliente que no reconoce un cobro y decide no pagarlo porque simplemente ese cobro no estaba en los términos y condiciones del servicio</strong>. Sería de toda injusticia que un cliente deba pagar cobros injustificados como requisito para poder conservar su número.</p><p><strong>La portabilidad numérica es finalmente una realidad en Chile, y debemos aprovecharla, pero también debemos ser cautelosos en su aplicación</strong> y fundamentalmente en aprovechar el reglamento para aclarar las materias que, como es tradicional, la ley no puede aclarar. </p>