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Banco Central Argentino dejó sin efecto sanciones por infracciones cambiarias a 60.000 personas
Sábado, Julio 16, 2016 - 10:57

De acuerdo con los nuevos criterios aprobados por el directorio de la entidad, las 60.000 personas implicadas en los sumarios dejarán de ser acusadas por operaciones que hoy pasaron a ser plenamente legítimas.

Buenos Aires. El Banco Central modificó el criterio para la tramitación de sumarios cambiarios, lo que permitirá rehabilitar al 80% de los casos que en la actualidad son investigadas en materia penal cambiaria, en su mayoría por infracciones menores. smo.

"Esta decisión permitirá liberar de procesos sumariales a alrededor de 60.000 contribuyentes que de esta forma dejarán de ser acusados de haber cometido operaciones cambiarias que de aquí en más pasan a ser plenamente legítimas", dijo hoy el ente monetario a través de un comunicado en el que explica detalladamente esta importante modificación de los sumarios cambiarios.

De acuerdo con los nuevos criterios aprobados por el directorio de la entidad, las 60.000 personas implicadas en los sumarios dejarán de ser acusadas por operaciones que hoy pasaron a ser plenamente legítimas.

"El Directorio del BCRA instruyó a la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (SEFyC) para que comience a aplicar el criterio jurídico de “retroactividad de la ley penal más benigna” en materia penal cambiaria", informó el Central.

La decisión está fundada en jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, plasmada en los fallos “Cristalux” y “Docuprint”, en los que el máximo tribunal determinó que las normas posteriores más benignas dictadas por la Administración pública alcanzan a los tipos penales antes considerados en infracción por el régimen penal cambiario.

En base a esta decisión, cesarán las actuaciones sumariales o presumariales iniciadas por infracciones a restricciones cambiarias que ya no están en vigencia.

Por ejemplo, se incluyen entre esto sumarios casos tales como comprar moneda extranjera para turismo sin demostrar el viaje, extraer dólares de un cajero del exterior por encima de lo entonces permitido, excederse en los límites del envío de remesas por ayuda familiar o mostrar inconsistencias en los códigos de validación.

Se trata de normas que fueron introducidas en el curso de los cuatro años de vigencia del "cepo cambiario" establecido durante la presidencia del BCRA de Mercedes Marcó de Pont y mantenida durante las gestiones de Juan Carlos Fábrega y Alejandro Vanoli.

De manera progresiva y de acuerdo a las necesidades que iba creando la fuga de capitales y la caída de las reservas, las distintas administraciones kirchneristas del Central fueron introduciendo una sucesión de normas que llevaron a la apertura de sumarios y prohibiciones.

El nuevo esquema permitirá orientar los recursos y el accionar de la SEFyC hacia la investigación de infracciones cambiarias más graves y de montos más cuantiosos, a la vez que permitirá acelerar los tiempos procesales de esas investigaciones y abordar con mayor eficiencia los casos más recientes.

De este modo, dejarán de estar perseguidos por infracciones cambiarias el 80% de las CUIT que hoy están inhibidas de operar en el Mercado Único y Libre de Cambios (MULC).

Este último cálculo no incluye a aquellos casos en los que la infracción investigada se relaciona con la normativa de comercio exterior.

A partir de la unificación del mercado cambiario establecida en diciembre pasado, el BCRA procura que el mercado cambiario funcione sin restricciones que impliquen un obstáculo para el desarrollo económico, a la vez que controla el estricto cumplimiento de la normativa vigente.

Autores

Télam