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Banco Central del Paraguay aumenta los cupos para corredores de cambios
Lunes, Abril 18, 2011 - 04:48

Por su parte, la Superintendencia de Bancos está procediendo a actualizar las licencias de permiso, en virtud de que muchos ya no están operando en el rubro, y otros que ya no reúnen los requisitos establecidos en la normativa, según informaron desde la banca matriz.

El Banco Central del Paraguay amplió a 434 personas las autorizadas a operar como corredores de cambios (cambistas) en Asunción, Ciudad del Este, Pedro Juan Caballero y Encarnación, entre otras ciudades del país, según informe del instituto emisor.

De acuerdo con los datos suministrados por el banco, de 195 inscritos entre 2009 y 2011, la mayor parte (35%) se inscribió para operar en Ciudad del Este, unas 69 personas; otras 50 personas para operar en Asunción, 31 en Encarnación, 19 en Pedro J. Caballero, 17 en Puerto Falcón, entre otros. Se estima que en el país operan alrededor de 3.000 cambistas, de los cuales están agremiados solo el 50% e inscriptos y autorizados por el BCP apenas el 13%.

Por su parte, la Superintendencia de Bancos está procediendo a actualizar las licencias de permiso, en virtud de que muchos ya no están operando en el rubro, y otros que ya no reúnen los requisitos establecidos en la normativa, según informaron desde la banca matriz.

En el microcentro. Según los datos, de los 50 cambistas inscriptos en la capital entre 2009 y 2011, solo dos fueron autorizados para operar en el microcentro capitalino (Palma entre Independencia Nacional y Colón), zona donde abundan los cambistas con y sin acreditación del BCP. En la zona del Mercado 4, se inscribieron 9 personas y 30 en la zona de la Terminal de Omnibus, entre otros.

Se denomina corredor de cambios a toda persona física que realice con autorización expresa del Banco Central del Paraguay, transacciones comerciales habituales de compra y venta en moneda extranjera, siempre que sea por cuenta propia y la operación no sea superior al equivalente a US$10.000, por día, según establece la Ley 2794/05.

La legislación establece además que los corredores de cambios solo podrán realizar operaciones de compra y venta de moneda extranjera en la vía pública y zonas autorizadas y únicamente en efectivo. Deben portar una credencial de identificación que le provee el BCP, renovable cada año.

En cuanto a las prohibiciones, la normativa de cambios establece que los corredores autorizados a operar en el mercado libre de cambios no podrán realizar operaciones de compra y venta de monedas extranjeras, así como todo tipo de publicidad en establecimientos o locales propios o alquilados; tampoco pueden adquirir bienes inmuebles y mobiliario o equipo destinados a actividades propias de corredores de cambios. Sin embargo, en las zonas del Mercado 4, Terminal de Omnibus e incluso en la vía pública de varios puntos del país, a menudo se puede observar (como en la foto), locales montados en casetas donde los corredores realizan la gestión de compra y venta de divisas con total normalidad.

Autores

ABC Color (Paraguay)