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México: la diferencia entre pagar o recibir dinero del SAT
Lunes, Abril 13, 2015 - 13:24

Quienes resulten con saldo a favor y estén bajo el régimen de asalariados pueden tener su devolución en cinco días; personas físicas con saldo a cargo pueden liquidar en plazos.

Luego de presentar su declaración anual, existen dos posibles resultados: que obtenga una devolución de impuestos o que resulte saldo a cargo. Entérese en qué consisten, cómo funcionan y qué puede hacer en ambos casos.

Aristóteles Núñez Sánchez, jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT), detalló que si usted hace deducciones personales como gastos médicos, hospitalarios, intereses reales, pagos por créditos hipotecarios, donativos, entre otros, puede obtener un saldo a favor, por lo que la autoridad fiscal hará una devolución de los impuestos pagados. Para ello deberá tener a la mano el nombre de su banco y cuenta Clabe para recibir el depósito.

Explicó que para iniciar el proceso y obtener su devolución debe marcar la opción Devolución en la declaración anual; posteriormente, señale el nombre del banco e ingrese la cuenta Clabe, que es única para usted.

Si usted está dado de alta ante la autoridad fiscal bajo el régimen de asalariado, recibirá su depósito en cinco días y si es otro tipo de persona física lo recibirá en 10 días.

Es importante que sepa que si obtuvo un saldo a favor superior a 40,000 pesos deberá enviar su declaración con firma electrónica.

En caso de que no reciba la devolución en los plazos establecidos, usted puede consultar el motivo de este rechazo, así como los pasos a seguir para corregir el problema, ello en el mismo sitio de Internet del SAT en la sección de Trámites.

El pago de su saldo a cargo

Asimismo, el jefe del SAT dijo que contrario al resultado pasado su declaración podría arrojar un saldo a cargo, por lo que tendrá que pagar la diferencia de impuestos a la autoridad fiscal, para ello debe obtener su línea de captura y posteriormente pagar la cantidad establecida en ventanillas bancarias o directamente por Internet, con cargo a su tarjeta de débito o crédito.

Cabe destacar que en el portal del SAT se puede obtener la línea de captura y ahí mismo está el acceso directo a los bancos con el fin de facilitarle su pago para que pueda hacerlo vía banca electrónica.

De acuerdo con el SAT, la forma de pago puede ser en efectivo, cheque personal del mismo banco autorizado ante el cual se efectúa el pago, transferencia electrónica de fondos o con tarjeta de crédito.

Algunos bancos tienen para sus clientes la opción de efectuar el pago de la línea de captura a través de dispositivos móviles (teléfonos celulares). Para mayor información la dependencia aconsejó que consulte directamente con el banco sus alternativas.

Con el fin de realizar el pago, no tendrá que requisitar formato alguno y sólo necesitará los datos de la línea de captura y el importe total a pagar.

Además, si obtiene saldo a cargo puede optar por pagarlo hasta en seis parcialidades, indicándolo así en su declaración anual, y no estará obligado a garantizar el interés fiscal.

Autores

El Economista (México)