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México: ¿recibirás aguinaldo? Considérate muy afortunado
Martes, Diciembre 8, 2015 - 09:56

Los números indican que el aguinaldo se ha convertido en un privilegio, si se considera que del total de trabajadores con una fuente de ingresos 34.286 millones son subordinados y remunerados, a los que por ley les corresponde esta gratificación anual.

De acuerdo con la última Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), de las 50.734 millones de personas que participan en alguna actividad productiva, sólo 20.468 millones tienen prestaciones.

Los números indican que el aguinaldo se ha convertido en un privilegio, si se considera que del total de trabajadores con una fuente de ingresos 34.286 millones son subordinados y remunerados, a los que por ley les corresponde esta gratificación anual.

Flavia Rodríguez, directora general de Finanzas Públicas de la consultoría Aregional, indicó que ante la falta de opciones de trabajo decente, es decir, que otorguen las prestaciones básicas que marca la ley, las personas han tenido que emplearse en compañías que evaden el cumplimiento de las mismas.

Unos cuantos
Destacó que las malas condiciones en las que laboran los mexicanos son más agudas, si se toma en cuenta que muchas personas, pese a tener un empleo que otorgue las prestaciones mínimas que establece la legislación –como el aguinaldo– no lo recibirán en tiempo y forma debido a la incapacidad financiera de los patrones.

Sergio Hernández, abogado laboral, refirió que el bajo consumo interno impedirá que algunos empleadores puedan otorgar el pago de esta prestación antes del 20 de diciembre, como establece el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Cada año se inician procedimientos legales en contra de empresas que no cumplieron con esta obligación anual y no llegaron a un acuerdo con sus trabajadores para que se les otorgara a destiempo”, comentó.
Este pago aplica para todas aquellas personas que prestan un servicio personal subordinado a otra persona física o moral en una relación laboral.

Incluso, el personal que no hayan cumplido el año de trabajo, independientemente de que se encuentre activo o no, tiene derecho a que se les pague la parte proporcional del aguinaldo.

Según el especialista no existe ningún instrumento legal que permita a las empresas tener una prórroga para el pago del aguinaldo, por lo que no cumplir con el cumplimiento de esta prestación a tiempo constituye un delito.

La normatividad establece que a partir de un año de laborar, se deben recibir al menos 15 días de salario.

Autores

Excelsior.com.mx