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BEPS 2, el nuevo impuesto global del que nadie habla y que empieza regir en 2024
Lunes, Mayo 22, 2023 - 18:03
José Bustos Juanjo, foto EY Chile

Se trata de una tributación mundial coordinada por los países OCDE pero que afectará a 140 naciones, entre ellas casi todos los países de Latinoamérica. La novedad es que si una firma no paga impuestos en su país de origen tendrá que pagarlos en cualquiera de las naciones donde opere. Expertos de EY advierten sobre las consecuencias de esta regulación, que viene imparable.

Si no había escuchado hablar del la sigla BEPS, sería tiempo de hacerlo.

Significa Base Erosion and Profit Shifting, en español 'erosión de la base imponible y traslado de beneficios' y es el término que designa a las estrategias de planificación fiscal utilizadas por las empresas multinacionales para aprovecharse de las discrepancias lagunas e inconsistencias de los sistemas fiscales nacionales y trasladar sus beneficios a países de escasa o nula tributación.

Básicamente, es la vieja práctica de tener la casa matriz en algún país que permita reducir el monto y pago del impuesto sobre sociedades.

La OCDE y el FMI llevaban años intentando modificar la situación, hablando de la necesidad de establecer un nuevo impuesto global y lo definieron finalmente en pandemia. Y como indica la página oficial de la OCDE al respecto, "aborda los desafíos derivados de la digitalización y la globalización de la economía".

Para octubre de 2021, 137 países y jurisdicciones que integran el Marco Inclusivo sobre BEPS de la OCDE y el G-20 respaldaron este acuerdo, llamado oficialmente BEPS2.

Se trata de un impuesto mínimo global del 15% que aspira, justamente, a impactar en todo el globo, y que aplicará a las empresas multinacionales (EMN) cuyos ingresos superen los US$ 810 millones, con el cual se espera generar una recaudación adicional de US$ 150.000 millones anuales.

"En la práctica, esto empieza a regir el 1 de enero de 2024 y lo cierto es que no todos los países van a llegar a esa fecha a tenerlo implementado, pero igualmente tendrá un impacto para cualquier empresa del mundo que sea internacional", afirma a AmericaEconomía José Bustos, experto en tributación internacional de EY.

Y aunque la voz cantante la ha tomado la OCDE, todos los países latinoamericanos están incluidos en ese compromiso.

"La cuestión es si van a ser capaces de implementarlo en el tiempo que se propone", indica Bustos.

A pesar del desconocimiento en buena parte de la población, y de la posible confusión que produzca su aplicación en solo siete meses más, el experto no cree que se atrase su entrada en vigencia.

"Ese debate ya se produjo y, de hecho, se alargó un año, porque este nuevo impuesto BEPS2 iba a regir desde 2023, por ende ya ha sufrido un año de retraso o de adaptación. Por ende, es muy difícil que ahora haya otro retraso, porque ya hay muchos países que ya tienen incluso legislación definitiva y lo van a empezar a aplicar", recalca Bustos.

De la forma es que se plantea esta tributación, si una empresa no está pagando impuestos en su país de origen, se le puede cobrar esa tributación en cualquier otro donde tenga operaciones. Respecto a eso, han surgido dudas sobre la conveniencia de cobrarlo en cualquier jurisdicción

"Lo que hay que entender es que es una implementación que hace debe hacerse país por país, siguiendo los términos planteados por las OECD. Hay otros países, como Colombia, que han tomado otras decisiones de implementación y que ya cuentan con impuestos mínimos. Chile, al igual que todos los otros países, suscribió este compromiso global de implementar este impuesto en algún minuto, y aunque no lo haga cualquier país o conglomerado de países que sí lo implemente podría impactar a empresas chilenas o a la recaudación fiscal en Chile", dice Javiera Contreras, socia líder de impuestos de EY en Chile.

¿MODELO INJUSTO?

A grandes rasgos el sistema funcionará así:  si una firma chilena tiene sede en Bélgica y no le cobran el impuesto en Chile, se lo podrán cobrar en Bélgica. Pero si Bélgica no quisiera o no pudiera cobrar dicho impuesto, si esta firma chilena también tiene una oficina regional en España, por ejemplo, ese país puede cobrar la tributación.  

Sería entonces una tributación que se podrá cobrar en cualquiera de los países que han adherido a este sistema, también llamado de dos pilares

"Lo que han hecho es una serie de normas para ver qué país puede recaudar y quién tiene prioridad. Entonces, si tú eres un país que no implementa la norma lo que va a ocurrir es que nunca vas a poder recaudar nada y otro país, en función de esas normas, lo va a recaudar y puede ser un país completamente extraño al lugar donde se ha producido la generación de la renta", detalla el abogado español. 

En suma, será un impuesto distinto a las tributaciones previas, donde habrá un trato equitativo a la empresa, sin importar la jurisdiccion donde se encuentre. Y no es seguro de que esos impuestos vayan al país que más lo necesite o donde debería corresponder.

"[El impuesto] pretende generar una igualdad de trato en todos los países, inicialmente pensando en que naciones del 
tipo paraísos fiscales no se aprovecharan de que las empresas que se localizaban allí paguen pocos impuestos. Esa es la idea inicial: intentar evitar la competencia fiscal  perjudicial (...) que ningún país compita frente a otros en materia de impuestos y para eso se establece que todos al menos tengan que tributar al 15%", profundiza.

Inceiblemente se trata de una idea que surgió en Estados Unidos, en plena administración Trump - presidente que concretó una rebaja impositiva local importante, supuestamente orientada a favorecer a la clase media-  donde se introdujo el concepto de tributación mínima. Pero fue la OCDE quien consideró que era momento de dar este paso a nivel mundial

"Es, desde luego, extraño a lo que antes habíamos conocido [puesto que] acá vas a dar derecho de recaudación a un país donde no se ha generado la renta, y eso es absolutamente novedoso y, de hecho, genera algunos problemas de
planteamientos, e incluso [te peude preguntar si] eso es constitucional", afirma Bustos, quien lo ve tan innovador como peligroso.

"Una cosa de esa trascendencia y complejidad ciertamente es novedosa, pero además tiene un peligro intrínseco de implementación por parte de los países de la manera que les dé la gana, porque es difícil de interpretar", afirma el experto.

COSTOS DE IMPLEMENTACIÓN

Una de las dudas que levanta esta tributacón es cuánto costará implementarla, tanto por contratación de nuevos profesionales para su elaboración dentro de las firmas, como en personal para su fiscalización.

Tal es la complejidad de la norma, que se estima a grandes rasgos que su puesta en marcha costará el 80% de lo que llegue a recaudar.

"Estamos viendo que, en la práctica, la norma es tan compleja y exige tanto esfuerzo de las empresas para cumplir con ella que, en muchos casos, (...) la maquinaria de suministrar información tiene un coste que supera el coste de la potencial recaudación que habrá detrás: por horas hombre, desde luego, por montar el sistema para poder hacer las declaraciones tributarias que nos va a exigir las informativas, eso ya es un coste inmediato, porque las empresas tienen que cambiar sus sistemas y contratar gente para que entiendan esta nueva tributación (...) y luego, a futuro, obviamente va a haber más controversia y se necesitará más recursos para atenderlo", expresa Bustos.

Y si bien la Inteligencia Artificial será de gran ayuda - en una profesión como la contable además, que se espera se vea ampliamente impactada por la IA - lo dura realidad es que parte del cálculo de ese 80% fue hecho en base a los altos costos de esta nueva tecnología.

"Una vez que lo implementas es verdad que hay mucho ahorro, porque es una máquina la que lo hace, pero el coste inicial de implementación de esa tecnología es muy alto", sentencia el experto español. 

A nivel local la historia es aún más inquietante, pues en el caso de Chile, el país anfitrión del encuentro de EY, este impuesto todavía no es un tema en la palestra.

"Por lo que nosotros hemos visto no está en la agenda de conversación: no estuvo en la propuesta de reforma (tributaria) pasada, en ninguna parte se habló del impuesto mínimo global o cómo es que los incentivos que podemos incorporar al diseño de nuestra política fiscal se hacen cargo de si quedan o no dentro del cálculo de la base del impuesto mínimo global. Entonces, esto quiere decir que cualquier pacto tributario que se quiera lograr debiera necesariamente incluir esta discusión como uno de sus pilares ", destaca Javiera Contreras.

Especialmente pensando que Chile tiene una relevante inversión extranjera, así como empresas nacionales que invierten en otros países y que se verán afectadas por la implementación de BEPS2.

"[El tema es] cómo nos vamos a asegurar de proteger nuestra política fiscal y quedarnos con el pedazo de torta que nos corresponde, porque hay que tratar de pensar esto así: aquí hay una torta global de recaudación y si no me la llevo yo, se la puede llevar otro (...) Por eso es tan relevante que aun cuando no tengamos una fecha de implementación clara para Chile, apenas se empiecen a mover los otros países te tienes que empezar a mover tú, porque esto es como juego del dominó", aventura la socia líder de impuestos de EY en Chile.

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Autores

Gwendolyn Ledger