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Chile: empresas de retail ajustan sus contratos para terminar con las “cláusulas abusivas”
Miércoles, Febrero 23, 2011 - 14:45

El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) logró que las empresas de retail con operaciones en dicho país eliminen todas las cláusulas de los contratos con sus clientes que, a juicio de la referida autoridad, resulten abusivas.

 El Servicio Nacional del Consumidor de Chile (Sernac) informó este miércoles que logró que todas la empresas de retail con operaciones en Chile eliminen la totalidad de las cláusulas de los contratos con sus clientes que, a juicio de la autoridad, resulten abusivas.

La medida, que se dirige a las grandes casas comerciales y supermercados con operaciones en Chile, se espera que sea adoptada esta misma semana por el sector para su entrada en funcionamiento desde el primero de marzo de este año. En concreto, esto significará que todos quienes tengan contratos vigentes ya no se les puede aplicar estas cláusulas “desde ya”.

Para el director del Sernac, Juan Antonio Peribonio, la medida marca “un antes y un después” en los contratos financieros de los consumidores con empresas del sector retail, especificando que es “un antes donde los consumidores tenían que firmar contratos con cláusulas que dejaban la puerta abierta a posibles abusos, y un después con contratos transparentes y ajustados a la ley”, de acuerdo a Emol.

A su vez, las empresas deberán formalizar por escrito los cambios, ya sea a través de nuevos contratos o complementaciones, para lo cual contarán con un plazo de 60 días.

Contactos previos. En 2010, el Sernac ya había exigido al sector retail que ajustaran sus contratos tras detectar "al menos, 11 tipos de cláusulas abusivas, repartidas en 156 formas distintas de redactarlas en los contratos de tarjetas de crédito de 10 empresas del rubro".

Ante el requerimiento de la autoridad, las empresas señalaron en diciembre de 2010 que ajustarían más de la mitad de las cláusulas abusivas. Sin embargo, la autoridad decidió realizar una "mediación colectiva formal" para exigir el ajuste total en beneficio de los consumidores y evitar dejar cláusulas por resolver.

Cláusulas eliminadas. Entre las cláusulas que se eliminaron se encuentran las permitía a las empresas eximirse de su obligación de indemnizar al consumidor; las que permitían a la empresa destruir los documentos que respaldan la transacción (boletas, estados de cuenta) y las que hacían absolutamente responsable al consumidor por fraudes, hurtos y robos de las tarjetas.

Asimismo, están las que consideraban el silencio del usuario o la falta de respuesta, como una aceptación. Por ejemplo, que dan por aceptado el estado de cuenta por parte del consumidor si no reclama dentro de 30 días del vencimiento o envío.

También se consideró las cláusulas que permitían a las casas comerciales subir las comisiones o aumentar unilateralmente el cupo de la tarjeta sin avisarle ni pedir el consentimiento del consumidor; las que no informaban al consumidor cuándo, cómo o por qué se le podía acelerar las deudas y aquellas donde los consumidores autorizaban a las empresas a solicitar a terceros indeterminados sus datos personales y/o de su cónyuge, en términos amplios y poco precisos.

Además se incluyen los amplios y poco precisos con los que empresa podía tomar una serie de decisiones a nombre del consumidor, por ejemplo, contratar servicios adicionales, sin especificarle el alcance de éstos.

Una empresa pendiente. El Sernac informó que Cencosud es la única empresa que quedó con cláusulas pendientes, relacionadas con el consentimiento para el aumento de cupo o comisiones y considerar el silencio como aceptación de voluntad, sin perjuicio de que cumplió con el resto.

Al respecto, Peribonio señaló que “si casi todas las empresas ajustaron sus contratos, no hay razón para que una no lo haga. Los derechos de los consumidores no son negociables".

* Con información del Servicio Nacional del Consumidor de Chile.

Autores

AméricaEconomía.com