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Ejecutivo Peruano publica facultades para reorganizar sistema de inversión pública
Domingo, Octubre 9, 2016 - 10:53

También para la OSCE y simplificar procedimientos administrativos

Lima. El Ejecutivo publicó hoy la Ley aprobada por el Congreso que le delega la facultad de legislar en materia de reorganización del sistema de inversión pública en el marco de las concedidas para la reactivación económica y formalización.

A través de su difusión en el diario oficial El Peruano, se da cuenta que el Ejecutivo tiene la facultad para legislar por el plazo de noventa (90) días calendario, en las materias concedidas, en los términos a que hace referencia el artículo 104 de la Constitución y el artículo 90 del Reglamento del Congreso.

Asimismo también se da cuenta de las facultades para reorganizar el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), y la simplificación administrativa, en los literales e), f) g) y h) respectivamente:

Reorganizar el sistema de inversión pública, otorgándole una estructura de sistema administrativo efectivamente descentralizado, incorporando a los actores regionales para garantizar la eficiencia y eficacia del proceso de descentralización con el fin de agilizar e incrementar la calidad de la inversión pública.

Asimismo la reestructuración de los procesos del sistema de inversión pública, vinculando la cartera de proyectos al desarrollo territorial o sectorial y priorizando el cierre de brechas de infraestructura; mejorar y simplificar la formulación y evaluación de proyectos, modificando las metodologías y parámetros asociados al nivel de servicios; y aprobar medidas para hacer más eficiente la ejecución de los proyectos.

Dichas medidas no deberán restringir las competencias y atribuciones del Sistema Nacional de Control otorgadas por la Constitución Política del Perú y su ley orgánica.

Reestructurar la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (Proinversión) con el fin de afianzar su rol y mejorar su eficiencia, así como la calidad y agilidad de los proyectos de Asociaciones Público Privadas (APP) a su cargo, incluyendo modificar la regulación sobre la responsabilidad civil y administrativa de los servidores públicos que intervienen en los procesos de promoción de la inversión privada mediante APP;

Asimismo facultar a Proinversión a contratar servicios especializados en aseguramiento de calidad de gestión para los procesos de promoción de la inversión privada a su cargo y seguros para la entidad y sus servidores; así como establecer medidas para mejorar la calidad y agilidad de los proyectos de APP y proyectos ejecutados bajo la modalidad de Obras por Impuestos en los tres niveles de gobierno, favoreciendo la descentralización.

Dichas medidas no deberán restringir las competencias y atribuciones del Sistema

Nacional de Control otorgadas por la Constitución Política del Perú y su ley orgánica.

Promover, reestructurar y regular el sistema nacional de abastecimiento público con una visión sistémica e integral, promoviendo una gestión ágil y eficiente de la cadena de abastecimiento en el sector público, determinando los marcos jurídicos específicos que permitan modernizar, automatizar y dinamizar la administración pública a fin de promover un sistema público eficiente en sectores prioritarios y estratégicos para el desarrollo del país, tales como seguridad ciudadana, salud o educación.

Modificar el marco normativo del sistema de contrataciones del Estado y reorganizar el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).

Dichas medidas no deberán restringir las competencias y atribuciones del Sistema Nacional de Control otorgadas por la Constitución Política del Perú y su ley orgánica.

Modificar el marco normativo del procedimiento administrativo general con el objeto de simplificar, optimizar y eliminar procedimientos administrativos, priorizar y fortalecer las acciones de fiscalización posterior y sanción, incluyendo la capacidad operativa para llevarlas a cabo.

También para emitir normas que regulen o faciliten el desarrollo de actividades económicas, comerciales y prestación de servicios sociales en los tres niveles de gobierno, incluyendo simplificación administrativa de los procedimientos relativos al patrimonio cultural; dictar normas generales y específicas para la estandarización de procedimientos administrativos comunes en la administración pública con la finalidad de hacer predecibles sus requisitos y plazos.

Asimismo aprobar medidas que permitan la eliminación de barreras burocráticas en los tres niveles de gobierno; autorizar la transferencia de programas sociales mediante decreto supremo; y dictar medidas para la optimización de servicios en las entidades públicas del Estado, coadyuvando al fortalecimiento institucional y la calidad en el servicio al ciudadano.

También las facultades comprenden acciones para facilitar la inversión de bancos en el sistema financiero local, como se detalla a continuación:

Flexibilizar el marco legal para facilitar la inversión de bancos en el sistema financiero peruano,garantizando los ahorros del público y cumpliendo el deber del Estado de defender el interés de los consumidores y usuarios, y vigilando la libre competencia, conforme a los artículos 61, 65 y 87 de la Constitución Política del Perú".

La aprobación de las facultades se dio el 29 de septiembre último por amplía mayoría del Congreso de la República.

La norma que ordena su publicación y cumplimiento, lleva la firma del Presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski, y del jefe del Gabinete ministerial, Fernando Zavala Lombardi.

Autores

Agencia Peruana de Noticias