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Gobierno peruano propone proceso expeditivo de contratación para ejecución de obras
Martes, Mayo 6, 2014 - 11:54

Este procedimiento sería aplicado por los tres niveles de gobierno, siempre y cuando los proyectos hayan sido declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP).

Lima. El Ejecutivo peruano planteó, al Congreso, un procedimiento especial de contratación para la ejecución de obras, en el marco del proyecto de ley que agilizará los trámites del denominado shock de inversiones por 3.100 millones de nuevos soles (US$1,089 millones) para la prevención de desastres.

Este procedimiento sería aplicado por los tres niveles de gobierno, siempre y cuando los proyectos hayan sido declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP).

La elaboración de las bases para la contratación de las obras, así como la organización, conducción y ejecución del proceso de selección, hasta que la Buena Pro quede consentida o administrativamente firme, estará a cargo de un comité especial.

La designación de los miembros de ese comité deberá realizarse dentro de dos días hábiles contados a partir de la fecha en que se aprobó el expediente de contratación.

Luego, el comité tendrá hasta ocho días hábiles para elaborar las bases y elevarlas para su aprobación por parte de la autoridad competente, la cual tendrá dos días hábiles para dar el visto bueno.

Asimismo, se dispone que las etapas del proceso de selección comprenden la convocatoria, registro de participantes, formulación de consultas y observaciones, integración de las bases, presentación de propuestas, calificación y evaluación de propuestas, y el otorgamiento de la Buena Pro.

El proceso de selección mediará no menos de 12 días hábiles entre la convocatoria y la presentación de propuestas, computados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE).

Además, entre la integración de las bases y la presentación de las propuestas no podrá mediar menos de tres días hábiles, computados a partir del día siguiente de la publicación de las bases integradas en SEACE.

En tanto, el registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un día hábil después de haber quedado integradas las bases.

El comité especial recibirá las consultas y observaciones de los participantes por un periodo mínimo de cuatro días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria.

El plazo para la absolución no podrá exceder de cuatro días hábiles contados a partir del vencimiento del plazo a que refiere el párrafo precedente.

Cuando se hayan presentado dos o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los tres días hábiles de la notificación de su otorgamiento, siempre que los postores no hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.

Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, la entidad deberá citar al postor ganador dentro de los dos días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro.

El plazo para suscribir el contrato será de hasta cinco días hábiles contados a partir de la citación, pudiendo la entidad otorgar un plazo adicional de hasta cinco días hábiles, dentro del cual el postor ganador deberá presentarse a la sede de la entidad para suscribir el contrato con toda la documentación requerida.

Cabe anotar que la contratación debe corresponder a una licitación pública conforme a la Ley de Presupuesto del 2014 y su valor referencial no sea mayor a los 15 millones de soles.

Asimismo, la contratación de obras debe encontrarse incluida en el respectivo Plan Anual de Contrataciones y registrarse obligatoriamente en el SEACE.

Autores

Agencia Peruana de Noticias