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Ministerio peruano presenta reglamento de Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria
Domingo, Abril 14, 2013 - 11:34

El proyecto de reglamento plantea que la reconversión productiva agropecuaria es el cambio o transformación voluntaria hacia una producción agropecuaria diferente de la actual, de acuerdo a las prioridades productivas aprobadas por el titular de cada nivel de gobierno responsable.

Lima. El Ministerio de Agricultura (Minag) puso a debate público el proyecto de reglamento de la Ley 29736 – Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria-, que busca tanto la reconversión productiva de cultivos como de crianzas.

La propuesta de norma puede ser consultada en el portal web del Minag (www.minag.gob.pe) y las personas o instituciones vinculadas al sector agrario podrán remitir hasta el 23 de abril, sus propuestas de cambios o añadidos a través de un mensaje dirigido al siguiente correo email: [email protected] .

El proyecto de reglamento plantea que la reconversión productiva agropecuaria es el cambio o transformación voluntaria hacia una producción agropecuaria diferente de la actual, de acuerdo a las prioridades productivas aprobadas por el titular de cada nivel de gobierno responsable.

La medida busca innovar y agregar valor a la producción, mediante la utilización de sistemas tecnológicos eficientes en toda la cadena productiva, lo cual redundará en mayores ingresos para las familias campesinas y por ende, elevar la calidad de vida de los habitantes del campo.

La norma también propone que los organismos comprometidos en la promoción y ejecución de programas de reconversión productiva son el Minag, los gobiernos regionales y gobiernos locales, pero cuyos proyectos deberían ser ejecutados conjuntamente con los productores agropecuarios, sean personas naturales u organizaciones asociativas.

De la misma manera, los productores del campo, sea en forma individual o asociada, podrán presentar a su elección ante el Minag, autoridad regional y/o local de su jurisdicción, la expresión de interés para ejecutar un determinado proyecto de reconversión productiva agropecuaria. Está impedido formular una solución a más de un organismo promotor.

Respecto al financiamiento se propone que la asignación de recursos a la ejecución de los proyectos de reconversión productiva agropecuaria provendría del Minag, gobiernos regionales y locales. Los fondos consignados tendrían carácter no reembolsable.

Los proyectos de reconversión productiva agropecuaria estarían exceptuados de la normativa del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP).

Las iniciativas vinculadas con planes de reconversión tendrían un plazo máximo de ejecución de cinco años, dependiendo de la naturaleza de la actividad.

Autores

Agencia Peruana de Noticias