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Perú: acreedores acuerdan por unanimidad liquidación en marcha de Doe Run
Jueves, Abril 12, 2012 - 14:34

Esta decisión permitirá que los trabajadores no pierdan sus empleos y la empresa pueda continuar operando como hasta ahora, esta vez bajo la administración de un liquidador.

Lima. La Junta de Acreedores de Doe Run Perú (DRP) aprobó este jueves por unanimidad declarar la liquidación en marcha de dicha empresa, que posee el complejo metalúrgico de La Oroya, en Junín, ante la imposibilidad de aprobar el plan de restructuración presentado por la empresa, informó el Ministerio de Energía y Minas (MEM).

En tanto, explicó que esta decisión permitirá que los trabajadores no pierdan sus empleos y la empresa pueda continuar operando como hasta ahora, esta vez bajo la administración de un liquidador.

Además, detalló que la liquidación en marcha supone preservar la unidad del negocio, es decir, que las operaciones continúen y que los trabajadores conserven su trabajo, para que mientras el liquidador se hace cargo, se mantenga el statu quo vigente al momento de tomar una decisión final.

Refirió que la liquidación de oficio, en contraste, implica un cierre total del negocio de manera inmediata, lo que origina el cese del personal y supone que de ninguna manera se puede variar o revertir esa situación.

El MEM aseguró que con la decisión tomada este jueves, no puede proceder un cese de trabajadores porque se permite que la empresa pueda seguir operando como una unidad de negocio, y ellos continuarán percibiendo sus salarios completos puesto que el negocio opera.

Asimismo, indicó que para este caso el liquidador se convierte en el administrador y con el reinicio de operaciones podrá pagar a los acreedores, con los ingresos que genere, mientras evalúa las condiciones de la empresa y se decide si se le debe dar continuidad o se opta por otro operador.

El MEM señaló que si el liquidador considera, en el futuro, que se dan las condiciones y circunstancias para que la metalúrgica pueda continuar operando, se puede revertir la condición de liquidación en marcha para aprobar una reestructuración, es decir, tendría que solicitarle a la Junta de Acreedores un cambio en el destino de la empresa.

Recordó que el plan de reestructuración presentado por DRP condicionaba el financiamiento a hechos no vinculantes al proceso concursal considerado inviable, puesto que no tenía el financiamiento adecuado y las condiciones establecidas no permitían que se aprobara el plan.

En este caso correspondía que de oficio el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) declare la liquidación irreversible.

Por eso, es que la Junta de Acreedores consideró un segundo punto de agenda, que era variar el destino de la empresa y poder adoptar, la propia junta, la decisión de optar por la liquidación en marcha.

Autores

Agencia Peruana de Noticias