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Perú fija los lineamientos para determinar los precios referenciales de los combustibles
Miércoles, Enero 5, 2011 - 09:25

El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería determinará el marcador más apropiado para calcular el precio de referencia. Este mercado relevante del Biodiesel 100 deberá ser líquido, altamente transable y transparente.

Mediante Resolución Directoral Nº 329-2010, la Dirección General de Hidrocarburos (DGH), del ministerio de Energía y Minas de Perú (MEM), modificó este jueves la Resolución Directoral Nº 122-2006-EM/DGH, que contiene los lineamientos para la determinación de los precios de referencia de los combustibles derivados del petróleo, con la finalidad de incorporar a  los biocombustibles en la relación de dichos productos.

En consecuencia, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) como responsable de la publicación semanal de los precios referenciales de los combustibles derivados de petróleo, ha incluido en su publicación los precios del diesel BX y de los gasoholes que se venden en el país.

El precio del diesel BX, donde X representa el porcentaje de Biodiesel 100 utilizado en la mezcla, será calculado para los diferentes contenidos de azufre que presente el Diesel 2.

Osinergmin determinará, en este caso, el marcador más apropiado para calcular el precio de referencia. Este mercado relevante del Biodiesel 100 deberá ser líquido, altamente transable y transparente.

Respecto de los gasoholes, el precio de referencia se calculará considerando el porcentaje de la mezcla de alcohol carburante y gasolina, según lo establecido en el Reglamento para la Comercialización de los Biocombustibles.

Para el cálculo del precio de referencia del alcohol carburante, se podrá utilizar los precios del etanol producido en el país o en el mercado de referencia.

Según precisa  la norma, Osinergmin revisará los fletes marítimos de los productos que se importan y propondrá, de ser necesario, un factor de ajuste a los fletes básicos utilizados, a fin de reflejar las condiciones del mercado internacional.

Finalmente, es necesario precisar que los lineamientos indicados en la presente norma no implican movimientos hacia arriba o hacia debajo de los precios, teniendo en cuenta que dependen del movimiento de los precios de cada uno de los productos en el mercado internacional.

Autores

AméricaEconomía.com