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Perú inicia inicia examen a derechos antidumping impuestos a planchas de acero laminadas de Kazajstán
Viernes, Junio 10, 2011 - 13:10

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) estudiará mantener, modificar o suprimir tales derechos, para lo cual notificó a la Empresa Siderúrgica del Perú (Siderperú).

Lima, Andina. El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) dispuso este viernes iniciar de oficio un examen a los derechos antidumping impuestos sobre las importaciones de planchas de acero laminadas en caliente (LAC) originarias de la República de Kazajstán a fin de determinar la necesidad de mantener, modificar o suprimir tales derechos.

Igualmente, la Comisión de Fiscalización y Dumping y Subsidios del Indecopi dispuso notificar esta decisión a la Empresa Siderúrgica del Perú (Siderperú) y dar a conocer el inicio del procedimiento a las autoridades de Kazajstán, e invitar a apersonarse al procedimiento a todos los que tengan legítimo interés en la investigación.

Cabe señalar que Siderperú solicitó el inicio del procedimiento de investigación el 21 de marzo del 2002, y actualmente los derechos antidumping son de US$11 por tonelada para las planchas LAC con un ancho menor o igual a 2.400 milímetros.

Sin embargo, el 2 de junio último la Secretaría Técnica de la Comisión de Fiscalización y Dumping y Subsidios recomendó iniciar de oficio un procedimiento de examen por cambio de circunstancias a los mencionados derechos antidumping.

Ello considerando el período transcurrido desde la aplicación de los referidos derechos antidumping y los cambios que se han producido en los últimos años en el mercado nacional e internacional de los productos en cuestión.

Estos cambios están referidos principalmente al incremento significativo del precio internacional del acero crudo (principal insumo para la fabricación de planchas LAC), el cual ha aumentado más de 75% en el período mayo 2003 – diciembre 2010, así como al incremento de 56% en la producción mundial de dicho insumo durante el período 2002 – 2010.

Asimismo, se ha verificado que Kazajstán ha dejado de ser el principal abastecedor de planchas LAC en el mercado nacional llegando a desaparecer las importaciones originarias de dicho país a partir del 2003.

De manera similar, los demás países de la región cesaron sus importaciones de planchas LAC originarias de dicho país.

Finalmente, en cuanto a la industria nacional de planchas LAC, de acuerdo a la información proporcionada por Siderperú, desde el año 2008 dicha empresa no produce planchas LAC, lo que podría implicar que en la actualidad no exista rama de producción nacional (RPN) de los referidos productos.

Ello teniendo en cuenta que dicha empresa fue identificada como la única productora nacional de planchas LAC durante la investigación original que concluyó en el año 2003 y en el examen por cambio de circunstancias que culminó en el año 2006.

La comisión explicó que los derechos antidumping que actualmente están vigentes sobre las importaciones de planchas LAC originarias de Kazajstán se rigen por el Decreto Supremo N° 133-91-EF, norma que regula los procedimientos de investigación tramitados ante la comisión para la aplicación de estos derechos sobre importaciones originarias provenientes de países que no son miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

Ello toda vez que en la fecha en que se solicitó el inicio del procedimiento que concluyó con la imposición de los referidos derechos, Kazajstán no era miembro de la OMC.

Autores

Agencia Peruana de Noticias