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Piden flexibilizar levantamiento del secreto bancario en el Perú
Domingo, Junio 8, 2014 - 10:50

El lavado de activos mueve anualmente unos US$2.000 millones, y en los últimos meses, estos casos derivados por corrupción de funcionarios, han repuntado.

Lima. Para mejorar la lucha contra el lavado de activos, es necesario flexibilizar el levantamiento del secreto bancario, señaló el coordinador de la Fiscalía Especializada de Lavado de Activos y pérdida de dominio, Marco Guzmán Baca.

El lavado de activos mueve anualmente unos US$2.000 millones, y en los últimos meses, estos casos derivados por corrupción de funcionarios, han repuntado, teniendo como origen principal al narcotráfico y la minería ilegal, según estudios realizados sobre el tema.

“Si nosotros tuviéramos un secreto bancario más flexible como en otros países, la lucha sería mucho mejor, ahora en el Perú, de acuerdo a la ley, solo se puede levantar el secreto bancario por mandato judicial y por disposición del Fiscal de la Nación”, explicó.

Refirió que hay un protocolo que cumplir para levantar el secreto bancario, el mismo que comprende “una serie de requisitos extensos”, lo que dificulta su labor contra el lavado de activos.

“Si reformamos la forma cómo en el Perú se tramita el levantamiento del secreto bancario, ayudaría bastante porque actualmente la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) solo reporta cuando observa sospecha”,agregó.

Asimismo precisó que su despacho solo se encarga de investigar los casos grandes, aquellos que mueven más de 500 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) o más de 1,5 millones de soles.

“A nosotros nos interesa los casos grandes”, (el caso de)una persona que haya movido US$3.000 o más puede ir a una fiscalía común”,subrayó.

De otro lado, dijo que su despacho tiene un trabajo cercano con las notarías, pero solo con las que tienen interés, por ello consideró necesario realizar un ajuste en la normatividad para evitar el lavado de activos a través de los contratos de compra-venta.

Refirió que al notario la ley le faculta recibir minutas,“y si en una minuta dice que con la sola firma de este contrato, se da por cancelado la suma de dos millones, tres millones, el notario la acepta porque la ley no le prohíbe”.

Por ello es necesario que la ley prohíba a los notarios recibir minutas si éstas no están acompañadas de un medio de pago a través del sistema financiero.

“Hay que cerrar la puerta para que los lavadores entren por ahí”, puntualizó.

Autores

Agencia Peruana de Noticias