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Se dilata caso de captación ilicita de sociedad Factor Group Colombia
Miércoles, Noviembre 23, 2011 - 13:43

Los antecedentes de la debacle económica de una sociedad que llegó a manejar una cartera superior a los $353 mil millones (US$180M) se remontan a abril de 2009.

Hace un mes, por actividades de captación masiva y no autorizada de recursos del público, la Superintendencia Financiera ordenó la suspensión inmediata de actividades a la sociedad Factor Group Colombia S.A. Desde entonces, decenas de personas y empresas que invirtieron sus dineros en esa entidad dedicada al corretaje de crédito y la compraventa de cartera, entre otros negocios, aguardan a que les devuelvan su plata. Pero el proceso sigue enredado y ahora se le suma el inesperado impedimento de quien debía agilizar el plan de desmonte.

Los antecedentes de la debacle económica de una sociedad que llegó a manejar una cartera superior a los $353 mil millones (US$180M) se remontan a abril de 2009, cuando la Superintendencia Financiera, alertada por una eventual captación masiva de dineros del público sin autorización legal, ordenó una visita de inspección a sus oficinas en Medellín y Bogotá. En su informe, el organismo reportó operaciones de compra de cartera al descuento con instrucciones específicas de los inversionistas. En otras palabras, nada ilegal, pero demasiado riesgo.

La Superintendencia regresó a las oficinas de Factor Group el pasado 23 de septiembre y, después de una semana de examinar sus negocios, detectó contratos de fiducia mercantil y fideicomisos irrevocables de administración inmobiliaria que ameritaron su escrutinio. El análisis de estas operaciones permitió deducir inconsistencias entre lo prometido a los inversionistas y la realidad de los negocios. Además, se constató que la sociedad carecía de recursos a corto plazo para atender el pago de los porcentajes prometidos a títulos de rentabilidad.

En esas circunstancias, a la luz del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, la entidad de control empezó a configurar la relación de los hechos objetivos y notorios de captación de recursos del público por parte de la sociedad Factor Group Colombia S.A. Sin embargo, antes de que la Superintendencia Financiera concluyera su investigación preliminar y tres días después de concluida la visita, el 3 de octubre de 2011, el representante legal de la empresa acudió a la Superintendencia de Sociedades y solicitó su admisión en la Ley de Quiebras.

El 6 de octubre, a través de un oficio, la Supersociedades decretó la apertura del proceso de reorganización de la sociedad. De esta manera, la empresa inversionista, constituida en Medellín en 2002 y gerenciada por el ingeniero civil David Wigoda Rinzler, aunque sorprendió a sus clientes con la decisión, tranquilizó a sus accionistas. No obstante, una semana después, la Superintendencia Financiera le complicó el panorama al ordenar la suspensión inmediata de sus actividades de captación.

A través de la resolución 1817 del 13 de octubre, la entidad concluyó que, en casos tales como los negocios de fideicomisos para la compra de ganado, existió recaudo no autorizado de dineros del público y que Factor Group recibió además dineros de inversionistas, sin que se registrara el suministro, como contraprestación de un bien o servicio. Con el fin de salvaguardar el dinero del público y garantizar su devolución, la Superfinanciera intervino para neutralizar cualquier actividad de abuso de la normatividad legal.

Además, por la gravedad de los hallazgos hechos por la delegada para la Supervisión Institucional, la Superintendencia Financiera remitió copias del expediente a la Fiscalía General de la Nación, al tiempo que solicitó a la Superintendencia de Notariado y al Ministerio de Transporte dar instrucción a todos los registradores de instrumentos públicos y las secretarías de tránsito para que se abstuvieran de realizar cualquier contrato con Factor Group Colombia, salvo que tuvieran la aprobación de la Superintendencia de Sociedades.

En razón de la última disposición, en manos de esta superintendencia quedó la obligación de vigilar las actuaciones de la sociedad. Así mismo, la entidad adquirió el deber de disponer de las inversiones que establecimientos de crédito, sociedades fiduciarias, sociedades comisionistas de bolsa, fondos de pensiones voluntarias o carteras colectivas tuvieron que congelar como medida cautelar. En otras palabras, la expectativa de recuperar los dineros de los clientes de Factor Group quedó sujeta a la Superintendencia de Sociedades.

En estas condiciones, el pasado 31 de octubre Factor Group presentó un plan de desmonte voluntario para someterlo a la aprobación del organismo estatal. Pero cuatro días después llegó al despacho del ministro de Comercio, Industria y Turismo, Sergio Díaz-Granados, una misiva del superintendente de sociedades, Luis Guillermo Vélez Cabrera, con una súbita resolución en la que se declaraba impedido para adoptar las medidas de intervención contra la empresa inversionista porque una prima suya había sido la gerente comercial de la sociedad intervenida.

En el documento, Vélez Cabrera precisa que la señora Lina María Vélez Restrepo, registrada como miembro suplente de la junta directiva de Factor Group, fue además gerente comercial entre el 6 de junio de 2006 y el 30 de septiembre de 2011. En este orden de ideas, como cualquier decisión suya podía favorecer o perjudicar a su familiar, y más aún si ella pudo participar directa o indirectamente en la captación no autorizada, el superintendente Vélez se declaró impedido.

El Espectador consultó al superintendente Luis Guillermo Vélez sobre lo sucedido y él, desde Washington, manifestó que su despacho ha hecho todo lo posible para blindar los intereses de los clientes de Factor Group y que, incluso, el plan de desmonte de sus operaciones, con activos estimados que podrían cubrir el 100% de la deuda, ya ha sido aprobado por el 83% de los acreedores. Sin embargo, ante la evidencia de que su prima hizo parte de esa sociedad, su obligación legal es apartarse del conocimiento del caso.

El problema ahora es que, jurídicamente, la opción de los clientes de Factor Group que sólo esperan que les devuelvan su dinero está más lejana. En primer término, la decisión de la Superintendencia Financiera que suspendió la captación no autorizada de recursos del público ha sido apelada. Y, en segunda instancia, el ministro de Comercio tiene que decidir si acepta el impedimento del superintendente Vélez. En caso de hacerlo, el expediente pasaría a la Superintendencia de Industria y Comercio con la consecuente dilación del asunto.

Entre tanto, más de mil acreedores, entre pensionados, profesionales, religiosos, hospitales, ganaderos, inversionistas o simples buscadores de alta rentabilidad para su dinero, aguardan a que se solucionen los asuntos legales para recuperar lo que le entregaron a Factor Group, que hace menos de una década era una sociedad promisoria en el negocio de factoring, la compra de facturas, títulos, contratos o sentencias, y hoy protagoniza un escándalo financiero que, sin tanta resonancia, tiene agobiados a muchos ahorradores.

Siguen surgiendo pirámides en el país. Según cifras oficiales, se estima que en Colombia durante los últimos tres años se crearon cerca de 300 pirámides. Y pese a los reiterados llamados de las autoridades, siguen cayendo ingenuos o ambiciosos inversionistas, que sucumben al ofrecimiento de intereses del 14% anual, mientras que la banca tradicional no supera el 3% por año.

Dos son las modalidades nuevas de “captación de recursos” que se han detectado. La primera son fondos de inversión para proyectos de construcción, cultivos, ganado, entre otros, dineros que terminan en líos. La otra modalidad es a través de páginas web. La semana pasada la Superintendencia Financiera detectó por esta vía otras siete pirámides. En el caso de Factor Group, uno de los afectados relató a El Espectador que depositó en septiembre del año pasado $75 millones. En enero de este año le giraron un cheque de $80 millones. Ante los rendimientos se emocionó y reinvirtió todo el dinero hasta que llegó la debacle, la firma entró en reorganización y nadie le responde.

Captación ilegal da 10 a 20 años de cárcel

A mediados de 2009 el Congreso aprobó la denominada Ley Antipirámides, que aumentó las penas por captación ilegal de dineros. La semana pasada, por ejemplo, María del Pilar Obando aceptó su responsabilidad en la captación de más de $12 mil millones a miembros de la Fuerza Aérea, profesores y amas de casa. Hace apenas un mes los creadores de la pirámide Costa Caribe, Jaime Rodríguez Laguna y María Teresa Páez, fueron condenados a 13 años de prisión. El 14 de septiembre pasado Martha Amparo Peláez fue condenada a 11 años de prisión porque a través de su pirámide Horizonte al Éxito captó $11 mil millones. En cuanto a la pirámide más grande, DMG, el jueves se aplazó la audiencia de acusación contra Joanne León, esposa de David Murcia, actualmente en Uruguay. Con respecto a Murcia, en julio fue condenado en Estados Unidos a 9 años de prisión y en Colombia a 30. Sus socios Margarita Pabón y Luis Fernando Cediel salieron de una cárcel del país del Norte por pena cumplida.

Autores

ELESPECTADOR.COM