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Terminan edificio legal de la reforma energética en México
Miércoles, Octubre 29, 2014 - 08:22

Tras su proceso de mejora regulatoria, el viernes se publican 25 reglamentos de las leyes secundarias en materia de energía. De acuerdo con la nueva normatividad, el Estado deberá contar con un plan quinquenal de licitaciones hidrocarburíferas.

De acuerdo con la Secretaría de Energía, este viernes serán publicados los 25 reglamentos con los que operará la industria en el nuevo modelo energético nacional a partir de la nueva legislación, entre los que se incluyen la exploración y producción de hidrocarburos, la cadena de negocio de derivados, la industria eléctrica, las operaciones de Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Comisión Federal de Electricidad (CFE), e incluso el decreto de creación de un nuevo Instituto Mexicano del Petróleo (IMP).

De acuerdo con los anteproyectos que desde fines de septiembre han sido publicados de forma escalonada para la revisión de la industria a través de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer), en exploración y producción el reglamento distingue entre reconocimiento superficial, que requerirá de autorización por parte de la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), y exploración, que requiere de un contrato.

En términos de planeación, establece que en marzo del primer año de cada quinquenio la CNH deberá someter a consideración de la Sener el Plan Quinquenal de Áreas Contractuales, que debe incluir cuando menos la planeación de las licitaciones y las características de las áreas. Así, la Sener emitirá el primer Plan Quinquenal durante el primer semestre de 2015, mientras que la CNH enviará esta propuesta en abril.

Para el gas natural, la Sener modificó la norma de seguridad para aparatos domésticos que utilicen este combustible o gas licuado de petróleo (LP), del cual se espera un incremento en las ventas de 2% en cinco años, con lo que el gas LP se convierte en la industria más dinámica en términos de nuevos jugadores, a pesar de que el Reglamento del Título Tercero de Hidrocarburos concretó el llenado de cilindros en centros de distribución y terminales, práctica prohibida hasta ahora y que provocó el descontento de 80% de la industria actual.

La reglamentación para el gas LP que será publicada a fines de esta semana se apoya incluso en una norma ya publicada en el Diario Oficial en la que se determinan las condiciones de seguridad para instalaciones de suministro, además del proyecto de norma para el intercambio de cilindros.

Nuevo IMP

Mediante el decreto presidencial a revisión en la Cofemer desde el fin de semana pasado, el Instituto Mexicano del Petróleo se mantiene como organismo desconcentrado de la Secretaría de Energía, aunque ahora tendrá un Consejo de Administración que se integrará por nueve consejeros: el titular del organismo o un representante asignado por éste: tres consejeros del gobierno federal, incluyendo el representante de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, designados por el Ejecutivo federal; dos consejeros designados por el director general de Petróleos Mexicanos, y tres consejeros independientes designados por el Ejecutivo federal, quienes ejercerán sus funciones en tiempo parcial y no tendrán el carácter de servidores públicos.

Certidumbre para la ejecución energética

Los 25 reglamentos que publicará el viernes la Secretaría de Energía darán claridad operativa sobre muchos de los cambios introducidos con la reforma constitucional en materia energética y sus respectivas leyes secundarias. Aquí algunos de los temas de la reforma que se desarrollan con mayor detalle.

Pemex reportará al Fomed

El anteproyecto de Reglamento establece que a más tardar el 15 de agosto de cada año la estatal deberá enviar al Comité Técnico del Fondo Mexicano del Petróleo (Fomed) la propuesta de los ingresos que pretende entregar en el año siguiente. El órgano administrador de la renta petrolera deberá devolver comentarios a más tardar en 10 días, o se considerará aprobada la propuesta de la estatal. La primera evaluación por parte del comisario de la estatal se realizará en el 2016, respecto al ejercicio 2015.

Transporte y refinación, dinámicos

En cuanto al mid y downstream de hidrocarburos (transporte, almacenamiento, venta y transformación), los permisos para todas las actividades, excepto importación y exportación de hidrocarburos, se otorgarán por un plazo de 30 años que podrán renovarse por un periodo igual.

La Comisión Reguladora de Energía (CRE) establecerá un listado de tarifas máximas por producto que los permisionarios pueden reducir con acuerdos particulares; el expendio al público de gas natural y petrolíferos podrá llevarse a cabo a través de estaciones de servicio con un permiso específico para el tipo de combustible, además de bodegas de expendio y estaciones de servicio multimodales, para la venta de varios combustibles. Los privados podrán participar en distintas actividades mediante filiales, aunque con opinión de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).

Certificados limpios, obligatorios

Entre los nuevos ordenamientos reglamentarios están los Lineamientos para la Emisión de Certificados de Energía Limpia (CELs), que establecen que los generadores de energías limpias podrán venderlos a otros generadores y usuarios del mercado mayorista que los requieran en caso de que no puedan cumplir con las obligaciones de generación renovable –que establecerá el Estado–. Con los CEL, los compradores podrán deducir un máximo de 25% de sus costos durante dos años. Al 2028 se espera la creación de 28.5 millones de certificados con los que esperan reducir 29% las emisiones de CO2 en 15 años. Hasta esta reglamentación no se han definido aún sanciones para quien no cumpla con las obligaciones de generación renovables que serán impuestas.

Geotermia, 
con trato preferente

Además de que este tipo de generación contó con su propia Ley, el Reglamento de la Ley de Geotermia estableció condiciones especiales para este tipo de generadores, que no realizarán trámite alguno ante la CRE, ya que tanto los permisos de exploración como las concesiones para la explotación de este recurso se tramitarán directamente en la Secretaría de Energía. Y es que según el Índice Nacional de Energía, el mayor potencial de fuentes renovables del país lo tiene la precisamente la geotermia, con 61.178 gigawatts hora al año, de los cuales sólo se genera 10%. Con ello, México es el cuarto lugar mundial en reservas de esta fuente. Sólo hasta que la energía esté lista para comercializarse se necesitará un permiso del regulador.

Electricidad, distinciones 
claras

La nueva reglamentación aclara quiénes participan en el nuevo modelo eléctrico nacional, dividido en servicio universal y mercado. Así, distingue entre suministradores y usuarios calificados del mercado mayorista (más de 500 kilowatts), usuarios finales de abasto aislado, generadores del servicio universal (que por el modelo asistencial serán empresas estatales) y consumidores no calificados o público en general, así como contratistas de construcción y operación de infraestructura de transmisión y distribución y titulares de contratos de interconexión legados. Además, establece una división entre los generadores convencionales y los de energías limpias.

IMP tendrá su propio Consejo

Mediante el decreto presidencial a revisión en la Cofemer desde el fin de semana pasado, el Instituto Mexicano del Petróleo se mantiene como organismo desconcentrado de la Secretaría de Energía, aunque ahora tendrá un Consejo de Administración integrado por nueve consejeros, entre los que cuentan tres consejeros independientes que deberán ser nombrados por el Ejecutivo en un plazo máximo de 90 días después de la publicación del decreto, para ocupar el cargo durante tres años.

Fomento al contenido 
nacional

El Reglamento de la Ley de Hidrocarburos aterriza la creación de un Consejo Consultivo de fomento industrial para apoyar la creación de cadenas productivas presidido por un representante de la Secretaría de Economía, además de representantes de la Sener, CNH y la CRE. En las asignaciones a las estatales se incluye la figura de cesión: el asignatario podrá solicitar a la Sener autorización para ceder una asignación a otra empresa del Estado. En contenido nacional, la Secretaría de Economía deberá entregar a la Sener en un plazo máximo de 45 días naturales la metodología para medir el contenido nacional para aguas someras, campos terrestres, campos maduros, no convencionales y Chicontepec, así como la proyección para un horizonte temporal de 10 años en aguas profundas y ultra profundas.

CFE, 
reglas corporativas

El nuevo reglamento de la Comisión Federal de Electricidad aterriza las condiciones en que los consejeros deben ser removidos por conflictos de interés y especifica que sus remuneraciones serán determinadas por un Comité Especial dentro de la Secretaría de Hacienda, además de que incluye la figura de comisario que cada año entregará la evaluación presupuestaria y operativa de la estatal a los diputados, y será remunerado por la propia CFE. La primera evaluación por parte del comisario de la estatal se realizará en el 2016, respecto al ejercicio 2015.

Autores

El Economista (México)