Corte Suprema chilena multa a AFP Plantival con cerca de US$150 mil
Máximo tribunal falló a favor de la Superintendencia de Pensiones, desde donde se aplicó la multa a la empresa por haber violados las normas sobre el cálculo de las pensiones de trabajadores, lo que afectó su patrimonio económico.
La Corte Suprema ratificó que la AFP Planvital debe pagar una multa de 3.500 UF, más de $77 millones (cerca de US$150 mil), por infringir las normas del cálculo de pensiones de trabajadores y no otorgar beneficios, con lo que se dio cumplimiento a la sanción aplicada por la Superintendencia de Pensiones y que la empresa objetó en tribunales.
La resolución desestimó los argumentos de la administradora de fondos de pensiones, que señaló la inaplicabilidad de la sanción por haber transcurrido, en parte, el plazo legal de prescripción de cuatro años, pues la fiscalización abarcó el periodo 2004-2011.
"La caducidad pretendida no se ha verificado, pues entre el momento en que la irregularidad de que se trata fue notada y corregida y la fecha en que se aplicó la multa reclamada habían transcurrido menos de cuatro años", indica el fallo del máximo tribunal.
Además, la Corte desestimó los argumentos de Planvital sobre la falta de fundamentos que, en su opinión, contenía el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago.
"Planvital infringió normas claras y precisas respecto de la acreditación y cálculo de las pensiones de los trabajadores afectados al no otorgar beneficios previsionales en los términos contemplados en la normativa vigente provocándoles no solamente perjuicios financieros, sino que también un desplazamiento temporal en las (sic) percepción de los beneficios a que legalmente tenían derecho” (razonamiento cuarto)".
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