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Análisis: los tiempos agridulces que enfrenta el alcalde de Bogotá
Miércoles, Enero 15, 2014 - 16:32

Mientras el Tribunal de Cundinamarca dejó temporalmente sin efectos la sanción disciplinaria contra Gustavo Petro -que implicaba su inhabilidad por 15 años- se cuestiona la imparcialidad del magistrado que tomó la decisión.

Un día después de haber perdido la batalla en la Procuraduría, un nuevo pronunciamiento apareció para oxigenar al alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, en su lucha por evitar su salida precipitada del Palacio Liévano.

Un magistrado del Tribunal Administrativo de Cundinamarca falló en su favor la tutela presentada en diciembre por un hombre llamado José Gotardo Pérez, y suspendió la destitución e inhabilidad de 15 años en contra del alcalde. Ahora esta corporación tiene un plazo máximo de 10 días hábiles para decidir si el Ministerio Público violó o no sus derechos políticos y los de sus electores. Pero puede que el oxígeno se agote más rápido de lo que se pensaba.

En primer lugar, el destino de las elecciones para reafirmar o revocar el mandato de Petro es bastante incierto.

El jefe de la Registraduría, Carlos Ariel Sánchez, había señalado que apenas el presidente Santos firmara la destitución de Petro, las votaciones —programadas para el 2 de marzo— se cancelaban. La reciente decisión del Tribunal de Cundinamarca dejó sin efectos la sanción contra Petro, por lo que, en teoría, no hay razón para cancelarlas. Sánchez, no obstante, expresó que la entidad no podía poner en riesgo más de $37.000 millones (US$185 millones) organizando una jornada electoral que no era segura y agregó que, si sí se realiza, el calendario ya no es el mismo. Petro le pidió que no modificara las fechas.

En segundo lugar, un manto de duda se posó rápidamente sobre el magistrado que tomó la decisión que favoreció temporalmente a Petro: José María Armenta Fuentes. Horas después de haberse conocido sus medidas provisionales se supo que la esposa de este jurista, Cecilia Calderón Jiménez, trabaja como directora de Activos Fijos en la Empresa de Acueducto y Aseo de Bogotá (EAAB), un cargo de libre nombramiento y remoción en el que fue delegada en 2012, aunque no por Petro. Hoy, el Consejo Superior de la Judicatura se reunirá por primera vez en el año y uno de los temas a tratar será precisamente si Armenta debía declararse impedido por cuenta de la relación de su esposa con el Distrito.

De acuerdo con normas colombianas, que el cónyuge del juez tenga interés directo o indirecto en el proceso puede admitirse como una causal de recusación. Es decir, una razón para poner en duda la imparcialidad del juez. No obstante, abogados consultados por este diario indicaron que si bien Armenta quizá debería haber puesto en conocimiento de sus colegas el nexo que existía entre su esposa y la administración Petro, es muy difícil que en esa circunstancia se configure una causal de impedimento. Coinciden en que “el tema se ve feo”, pero señalan que, a menos que se demuestre una relación directa entre Cecilia Calderón y Petro, Armenta no tenía por qué apartarse de la tutela.

Ganando tiempo

Si el Tribunal Administrativo de Cundinamarca acoge los argumentos de Armenta, se abriría de pleno el debate sobre los límites de las facultades del procurador. La tesis adoptada por el magistrado Armenta es que éste “no tiene atribución constitucional” para destituir y menos para inhabilitar de cargos públicos a un servidor “a quien el pueblo en forma soberana, a través del procedimiento eleccionario, le ha investido el poder popular”. Armenta sostuvo que si se quiere quitar el poder a un funcionario se debe hacer a través de mecanismos que también involucren a los electores, como la revocatoria, o a través de los jueces, pero de ninguna manera por la determinación de un servidor administrativo, como lo es el jefe del Ministerio Público.

Los abogados de Petro recibieron la noticia del Tribunal de Cundinamarca con sobriedad. “Hay que esperar”, exclamó Rafael Barrios, uno de sus representantes legales, quien recordó que después de que el Tribunal de Cundinamarca emita su decisión de fondo sobre la tutela, al alcalde le quedan dos instancias por recorrer: el Consejo de Estado, que tendrá la oportunidad de pronunciarse si alguien apela el fallo del Tribunal, y la Corte Constitucional. No obstante, como no se sabe aún si el Tribunal acogerá la posición del magistrado Armenta, los asesores de Petro señalan: “Vamos a esperar a que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se pronuncie sobre las medidas cautelares”.

El ex secretario ejecutivo de la CIDH, Santiago Cantón, le dijo a Caracol Radio que con esta medida se había movido el reloj de los comisionados de ese organismo internacional, quienes deben decidir si se le otorgan o no a Petro las medidas cautelares que solicitó argumentando que es un perseguido ideológico y político del procurador Alejandro Ordóñez. Éste, por su parte, divulgó en un comunicado de prensa que había conocido la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que acataba la determinación y que le presentaría a esta corporación “los argumentos que dan claridad a los aspectos objeto de la medida provisional, así como de la acción de tutela que deberá resolver el fondo del asunto”.

¿Y la institucionalidad en Bogotá?

Que la decisión de la Procuraduría en contra del alcalde no esté en firme y que, todavía, quepa la posibilidad de que una decisión judicial frene la destitución e inhabilidad le restan gobernabilidad a Gustavo Petro. No es porque legalmente no sea el alcalde, sino porque, en política, la falta de certezas sobre su continuidad le puede dar múltiples argumentos a sus contradictores para atacar todos los actos de gobierno que, de aquí en adelante, haga el gobierno progresista.

No es un secreto. Para Petro, ante la inminencia de que la Procuraduría lo destituyera, era una preocupación que los principales proyectos de su plan de desarrollo quedaran al garete. Que no se concretaran iniciativas tan importantes como el metro, el rescate hospitalario o la consolidación del Sistema Integrado de Transporte, decía Petro era poner a la ciudad a merced de los corruptos. En menos de un mes la Alcaldía expidió dos decretos en materia de transporte que tendrán efectos durante los próximos años: la definición de las estaciones del metro y los subsidios al transporte para la población sisbenizada.

Algunas de las líneas fundamentales de lo que prometió en campaña están trazadas para el futuro de Bogotá. Por ejemplo, el Plan de Ordenamiento Territorial y el plan decenal de seguridad, que se enfoca en el acceso a la justicia y a los derechos. Sin embargo, si la institucionalidad no estuviera concentrada en qué hacer con la destitución, durante los próximos días Petro tendría que avanzar en metas como la generación de viviendas para los más pobres, acceso pleno a la salud y mejoramiento de la educación, programas que, hasta ahora, no arrojan los resultados que deberían.

Los escenarios que le quedan a Petro ante la destitución

1. Elecciones para revocar o confirmar el mandato de Petro.

Se hacían el 2 de marzo si el fallo disciplinario emitido por la Procuraduría no era ratificado antes por el presidente Juan Manuel Santos.

La Registraduría dijo ayer que se cancelaban cuando Santos firmara la destitución.

Ante las recientes decisiones judiciales, el calendario electoral sería modificado.

2. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó ayer una medida para suspender provisionalmente el fallo de la Procuraduría.

Ese tribunal decidirá de fondo en diez días hábiles.

Alguien apela esa decisión.

El Consejo de Estado se pronuncia frente a la decisión del Tribunal en segunda instancia.

Su fallo podría llegar a revisión de la Corte Constitucional.

3. Dos caminos en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Que no se otorguen las medidas cautelares al alcalde Petro, teniendo en cuenta que éstas se emiten según la situación de urgencia, riesgo o irreparabilidad del solicitante (por ejemplo, si está bajo amenaza de muerte).

Los petristas guardan la esperanza de que la CIDH emita medidas cautelares y pida la suspensión del fallo de la Procuraduría.

El presidente acata el fallo que destituye e inhabilita al alcalde Gustavo Petro por 15 años.

El procurador Alejandro Ordóñez asegura que la decisión de la CIDH no es vinculante.

Autores

ELESPECTADOR.COM