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Cámara de Diputados de México aprueba acotar el fuero militar
Miércoles, Abril 30, 2014 - 15:49

Por 428 votos a favor, sin votos en contra ni abstenciones, los diputados hicieron cambios al Código de Justicia Militar, al Código Federal de Procedimientos Penales y a la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

México. La Cámara de Diputados de México aprobó este miércoles por unanimidad reformas que limitan el fuero militar en los casos que involucren a miembros de las Fuerzas Armadas en delitos del orden común.

Por 428 votos a favor, sin votos en contra ni abstenciones, los diputados hicieron cambios al Código de Justicia Militar, al Código Federal de Procedimientos Penales y a la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

Con ello, se acota el fuero militar atendiendo a un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 2009.

Con estas modificaciones, que serán enviadas hoy mismo al Ejecutivo para su promulgación, los delitos del orden común o federal cometidos por militares quedaron excluidos de la justicia castrense para ser dirigidos a los tribunales civiles.

Estas modificaciones "son normas y reformas que garantizan los derechos humanos y se ajustan a los nuevos criterios internacionales respecto al fuero castrense", expuso el diputado Ricardo Mejía, vicecoordinador de partido Movimiento Ciudadano.

La Policía Ministerial Militar actuará bajo la conducción y el mando del Ministerio Público civil en la investigación de estos delitos y tendrá la obligación de prestar el auxilio que requieran las víctimas u ofendidos, además de proteger a los testigos.

También deberá realizar detenciones y poner de inmediato a las personas detenidas a disposición del agente del Ministerio Público competente, entre otras funciones.

Cuando se trate de delitos contra la disciplina militar, los agentes de la Policía Ministerial Militar estarán facultados para realizar inspecciones personales sobre el detenido y recoger los objetos que tenga en su poder.

Los integrantes de las Fuerzas Armadas que hayan cometido delitos en agravio de civiles podrán permanecer en prisiones militares cuando la autoridad militar competente lo estime imprescindible para preservar los derechos del procesado.

En este caso, la autoridad militar colaborará con los órganos jurisdiccionales del fuero ordinario para que el procesado comparezca ante dichas instancias siempre que se requiera.

En julio de 2011, la Suprema Corte de México ya había restringido el fuero militar en México. No obstante, la resolución quedó como recomendación y no una obligación.

Autores

EFE