Pasar al contenido principal

ES / EN

Cuestionan en Chile eventual aceptación presidencial de un fallo adverso en La Haya
Lunes, Enero 6, 2014 - 06:38

"Cualquier acción, como sería disponer el cumplimiento de un fallo que quite territorio a Chile, es una materia de soberanía nacional, la que reside esencialmente en la nación", dijo el diputado chileno Jorge Tarud.

Santiago. El diputado chileno Jorge Tarud dijo este domingo que el presidente chileno no puede acatar un eventual fallo adverso de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de las Naciones Unidas en la disputa de límites marítimos con Perú.

"Cualquier acción, como sería disponer el cumplimiento de un fallo quite territorio a Chile, es una materia de soberanía nacional, la que reside esencialmente en la nación, según el artículo 5 de la Constitución Política de la República ( de Chile)", dijo Tarud del socialdemócrata Partido por la Democracia.

"Si se lee el artículo 32 de la Constitución, donde están las facultades que se le entregan al presidente, en ninguna de las 20 considera la de entregar territorios, o por lo menos, la de disponer el cumplimiento de un fallo de un tribunal internacional", dijo.

Perú demandó Chile en marzo de 2009 exigiendo una delimitación marítima, esgrimiendo que entre ambos Estados sólo existe un convenio pesquero. Por el contrario Chile sostiene que ambas naciones firmaron en 1952 un tratado de límites marítimos.

El contencioso es una de las réplicas tardías de la Guerra del Salitre o del Pacífico, que enfrentó a Chile con Perú y Bolivia (1789-1883).

La demanda en un comienzo generó tensión en las relaciones bilaterales, no obstante, los gobiernos de ambos países han asegurado respeto al resultado del juicio.

Sin embargo, Tarud, miembro de la comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados, ha liderado una postura de no respetar un eventual fallo adverso en el tribunal de Naciones Unidas.

Postura que no ha encontrado eco en otros colegas parlamentarios.

"Aquí hay sólo dos posibilidades: el presidente debe convocar a un plebiscito, que es la forma como se ejerce la soberanía, según el artículo 5 de la Constitución, o le pide al Congreso que ratifique el cumplimiento del fallo, si es que decide que se debe cumplir, recordando que no sería la primera vez que un país se niega a cumplir un fallo injusto", insistió Tarud.

La CIJ, con sede en la ciudad holandesa de La Haya, anunció a el mes pasado que una resolución definitiva se hará pública el próximo 27 de enero.

Autores

Xinhua