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Diputados mexicanos aprueban regular el uso de drones
Miércoles, Noviembre 1, 2017 - 09:45

Las reformas facultan a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) a emitir el reglamento de operación de las Aeronaves Pilotadas a Distancia o drones. El dictamen fue turno al Senado de la República para su análisis.

Por 397 votos en favor, diputados de todos los partidos aprobaron las reformas a la Ley de Aviación Civil, y de la Ley de Aeropuertos, las cuales facultan a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a emitir el reglamento de operación de las Aeronaves Pilotadas a Distancia (RPA) o también conocidos como drones. El dictamen fue turno al Senado de la República para su análisis.

“El reglamento establecerá la clasificación y particularidades de los sistemas de aeronaves pilotadas a distancia, atendiendo a la propia clasificación, usos y fines de los artefactos, así como los requisitos para otorgar autorizaciones y licencias en los casos que procedan”, refiere.

Se define como RPA como el instrumento “controlada por una persona a quien se le denomina piloto en tierra, mediante un sistema de control en tierra, y cuando aplique con apoyo de una computadora y equipo adicional que sea necesario para operar la RPA en forma segura”.

Establece que al adquirir un drone, los usuarios privados no comerciales deberán solicitar a la SCT un permiso, y contar con una matrícula de aeronavegabilidad y póliza de seguro.

“La aeronave o RPAS se considera en vuelo desde el momento en que inicia la carrera o secuencia para su despegue hasta el momento en que concluya el recorrido o secuencia de aterrizaje”, refiere.

Menciona que los propietarios serán responsables por daños a terceros, o por colusiones con otros objetos, y la SCT será la responsable de realizar las investigaciones en esos casos.

Al igual en que las aeronaves convencionales, estable que en casos de desastre natural, guerra, grave alteración del orden público o haya un peligro inminente para la seguridad nacional, el gobierno federal podrá hacer la requisa de los drones, mientras subsistan las condiciones.

La reforma menciona que los estándares de aeronavegabilidad para los drones, “no deben ser menos demandantes que los que aplican para aeronaves tripuladas, ni debe restringir al Sistema de Aeronaves Pilotada a Distancia del cumplimiento de estos estándares”.

El dictamen aprobado establece que las reformas darán certeza jurídica de los acontecimientos a los usuarios de estos aparatos tecnológicos, que son utilizados con fines comerciales, recreativo, uso en tareas agrícolas y medio ambiente.

“Los aspectos jurídicos se encontrarían plenamente identificables en la ley en mención, generando derecho y obligaciones para dichos sujetos y con ello el respeto a la propiedad y protección de datos personales entre otros, generando un entorno de certeza jurídica para la protección de los citados derechos de la colectividad, por lo que la sociedad tendrá reglas claras para la utilización de estos instrumentos tecnológicos”, refiere.

En tribuna, la diputada Lorena del Carmen Alfaro (PAN) afirmó que “se han documentado casos en los que estos aparatos han sido utilizados para fines distintos a la investigación o a la diversión, ya que basta mencionar lo ocurrido en días pasados en el estado de Guanajuato, cuando elementos de la policía federal detuvieron a cuatro sujetos que manejaban un dron cargado de explosivos en la ciudad de Salamanca”.

Autores

El Economista (México)