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Elecciones en Perú: más de dos mil policías harán respetar la “ley seca”
Miércoles, Junio 1, 2011 - 15:50

Así lo informó el jefe de la Sétima Dirección Territorial de la Policía (Dirtepol) de Lima, Javier Sanguinetti, quien afirmó que la Policía nacional garantizará que que no se expendan bebidas alcohólicas, en el marco de la segunda vuelta electoral.

Lima, Andina. Un total de 2.500 policías en coordinación con el personal de las municipales de Lima y del Jurado Nacional de Elecciones, tendrá a su cargo los operativos en Perú para hacer respetar la “ley seca”, a partir de las cero horas locales del viernes 3 de junio.

Así lo informó el jefe de la Sétima Dirección Territorial de la Policía (Dirtepol) de Lima, Javier Sanguinetti, quien afirmó que la Policía nacional garantizará que que no se expendan bebidas alcohólicas, en el marco de la segunda vuelta electoral.

“La ley seca se inicia a las cero horas de este viernes 3 hasta el lunes 6 a las 12:00 horas. En ese lapso estará totalmente prohibida la venta de bebidas alcohólicas, por ello habrá todo un operativo y contaremos con 2.500 policías para que se cumpla esta norma”, manifestó Sanguinetti.

Esto incluye bares, licorerías, discotecas, grifos, tiendas y locales comerciales en general, según el artículo 390 de la Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859), que rige para los comicios del 5 de junio.

Además, desde el viernes y hasta el cierre el sufragio, queda prohibida la realización de reuniones o manifestaciones públicas de carácter político.

Según la Ley Orgánica de Elecciones en su artículo 390, la denominada ley seca rige desde las 00:00 horas del viernes previo a los comicios hasta el mediodía del lunes.

Esta norma prohíbe la venta de cualquier clase de licor y establece el cierre de los locales que comercialicen ese producto con multa equivalente al 10% del ingreso mínimo vital vigente (S/.550) multiplicado por 30 días de multa, lo que asciende a S/.1.650 para quienes hagan funcionar establecimientos destinados al expendio de cualquier tipo de bebidas alcohólicas durante el citado período.

Esta pena también puede llegar a reprimir al infractor con una pena privativa de la libertad no menor de seis meses y una pena accesoria de inhabilitación por igual tiempo que el de la condena. La misma sanción se aplicará a quienes organicen espectáculos o reuniones prohibidas durante el período antes señalado.

Autores

Agencia Peruana de Noticias