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Justicia de Uruguay declara inconstitucional impuesto a las grandes concentraciones de tierra
Sábado, Febrero 16, 2013 - 18:03

Los ingresos estimados por la recaudación de este impuesto alcanzaban a unos US$60 millones anuales. El Gobierno adelantó que recurriría a otros tributos para sustituir esos fondos destinados a inversiones en infraestructura rural.

La Suprema Corte de Justicia de Uruguay declaró inconstitucional un impuesto a las grandes concentraciones de tierra aprobado a fines del 2011 por considerar que se superpone con otros gravámenes ya existentes, un fallo que afecta los ingresos del Gobierno y que el presidente del país anticipó que acataría.

El portavoz de la corte, Raúl Oxandabarat, confirmó este sábado que el dictamen fue avalado por cuatro de los cinco ministros del tribunal supremo.

La Justicia determinó que el llamado Impuesto a la Concentración de Inmuebles Rurales viola la autonomía financiera y tributaria de los gobiernos locales.

La Constitución establece en sus artículos 297 y 298 que los impuestos a la propiedad rural corresponden a los gobiernos departamentales y que no podrá existir superposición de tributos, argumentó.

El gravamen aprobado por el Congreso en diciembre del 2011, y que comenzó a ser cobrado un año después, fijó tasas progresivas para los propietarios de más de 2.000 hectáreas o su equivalente en función de un índice que mide la productividad de la tierra con base en carne y lana.

Los ingresos estimados por la recaudación de este impuesto alcanzaban a unos US$60 millones anuales. El Gobierno adelantó esta semana que recurriría a otros tributos que permitan sustituir esos fondos que estaban destinados a inversiones en infraestructura rural.

El dictamen corresponde al caso puntual de un productor con 3.050 hectáreas en los departamentos de Salto y Artigas, en la frontera con Argentina y Brasil, y fue notificado este viernes por la Suprema Corte, informó este sábado el diario local El País.

Más de un centenar de empresas rurales presentaron recursos de inconstitucionalidad ante la Justicia y, si bien es esperable que los ministros determinen lo mismo para todos los casos, deberán fallar uno por uno.

El impuesto prevé una tasa de unos nueve dólares anuales por hectárea para los propietarios que posean entre 2.000 y 5.000 hectáreas, o su equivalente según el índice de productividad.

Para extensiones entre 5.000 y 10.000 hectáreas, la tasa aumenta a unos US$13, mientras que quienes tienen una superficie mayor deben pagar unos US$18.

El presidente del país, José Mujica, anteponiéndose al fallo, aseguró el jueves en su espacio radial semanal que el Gobierno lo acatará, pero advirtió que si la Constitución no permite gravar la concentración de la tierra habrá que pensar en una reforma de la carta magna.

"Legalmente vamos a acatar lo que hay que acatar, pero estamos hablando si es defendible", dijo Mujica.

"Nosotros creemos que esto es profundamente defendible desde el punto de vista ético si esos fondos pueden asegurar beneficios a gente que está en el interior, si esa gente (el contribuyente) se va a beneficiar con el aumento del valor inmobiliario en el mediano plazo", agregó.

El presidente de la Asociación Rural del Uruguay, Ruben Echeverría, dijo a Reuters que está satisfecho con la decisión. "No lo sentimos como un triunfo ni como una derrota, sino que simplemente se defendió lo que dice la Constitución", afirmó.

Unos 1.300 propietarios de campos debían pagar el tributo, por lo que el presidente de la gremial estima que con la sentencia a su favor se presentarán nuevas impugnaciones.


Autores

Reuters