Pasar al contenido principal

ES / EN

Máxima corte de Venezuela enfrenta crecientes cuestionamientos
Lunes, Julio 4, 2016 - 14:32

La corte venezolana de mayor rango ha sido acusada de actuar como un apéndice del partido de Gobierno al fallar recurrentemente en perjuicio del Parlamento de mayoría opositora. ¿Qué dicen los hechos?

Tanto la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), la mayor coalición de partidos de oposición en Venezuela, como la Defensoría del Pueblo, presidida por el ombudsman oficialista Tarek William Saab, han desestimado el anuncio hecho el 28 de junio por el político chavista Didalco Bolívar: éste declaró que el Gran Polo Patriótico, la alianza de grupos alineados con el gobernante Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), sopesaba la posibilidad de solicitar ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) la abolición de la Asamblea Nacional (AN) –el único poder estatal donde la oposición es mayoría– y la convocatoria a nuevas elecciones legislativas. 

Aunque Saab atribuyó el clamor por la disolución del Parlamento a “voces aisladas”, no son pocos los que temen que la corte venezolana de mayor rango termine considerando esa petición. Y es que los altos magistrados han fallado a favor de casi todos los recursos introducidos por representantes del chavismo en la última década y en perjuicio del Parlamento desde que la oposición ganó los comicios legislativos de diciembre de 2015, como lo evidencian las siguientes sentencias:

15.06.2016: Un día después de que el presidente del Parlamento anunciara que viajaría a Washington para denunciar ante la OEA la ruptura del orden democrático en Venezuela, el TSJ instó a la Asamblea Nacional (AN) a “abstenerse de pretender dirigir las relaciones exteriores de la República y, en general, desplegar actuaciones que no estén abarcadas por las competencias que les corresponden”. Se alegó que los diputados opositores realizaban acciones que tienden a solicitar la intervención de instancias internacionales en asuntos internos del país.

13.06.2016: Una ley aprobada en mayo por la AN para enfrentar la escasez de medicamentos en Venezuela fue declarada inconstitucional. Se argumentó que la ley en cuestión le confería competencias al Parlamento para dirigir las relaciones internacionales del Estado al permitirle pedir ayuda a instancias extranjeras. Según el TSJ, esa norma habría obligado “al Ejecutivo a aceptar la cooperación internacional, incluso cuando no haya mediado una solicitud previa” y expuesto a la población a fármacos cuyos efectos aún estaban siendo sometidos a pruebas.

26.05.2016: Se sentenció que cuando un alto funcionario estatal posea dos o más nacionalidades, la venezolana prevalecerá sobre las otras. El jefe del Parlamento criticó el fallo, esgrimiendo que éste anula de un plumazo una disposición constitucional según la cual sólo las personas nacidas en Venezuela son elegibles para los cargos de presidente de la República, ministro o magistrado del TSJ. En 2016, la AN instó al mandatario Nicolás Maduro a hacer pública su partida de nacimiento para refutar los señalamientos de que había nacido en Colombia.

23.05.2016: Atendiendo la solicitud de varios trabajadores del Consejo Nacional Electoral (CNE), se prohibieron las manifestaciones no autorizadas en los alrededores de las distintas sedes de esa institución. El TSJ exhortó a la Guardia Nacional Bolivariana y a la Policía Nacional a adoptar las “medidas de seguridad” pertinentes. Este fallo se emitió cuando la oposición convocaba a sus seguidores a reunirse en torno a las dependencias del CNE para exigir que se deje de ralentizar y posponer los procesos necesarios para aprobar el referendo revocatorio.

19.05.2016: A juicio de la Sala Constitucional del TSJ, el Estado de excepción y emergencia económica declarado por Maduro es legal. Esa instancia ya había validado la rectitud (20.01.2016) y vigencia (11.02.2016) de esa norma, luego de que la mayoría de los diputados rechazara la moción del presidente. La AN había advertido que esa medida le permitía al mandatario arrogarse poderes especiales inconstitucionalmente para legislar por decreto y sin control parlamentario. Con el visto bueno de la suprema corte (18.03.2016), Maduro ya había prolongado por sesenta días ese régimen de excepción que data del 14 de enero de 2016 y que, según expertos en la materia, es una mezcla heterodoxa de competencias económicas, sociales, políticas y de seguridad. La oposición había objetado esa prórroga en reacción a la negativa de los ministros del área económica a asistir a la AN y explicar la situación real de la economía nacional, que en 2015 se redujo en un 5,7 por ciento.

06.05.2016: Una ley aprobada por la AN con miras a otorgarle títulos de propiedad a los ocupantes de viviendas construidas por el Gobierno en el marco de su programa social “Gran Misión Vivienda” fue declarada inconstitucional. Maduro pidió que se ilegalizara la iniciativa del Parlamento, alegando que ésta pretendía “privatizar” las edificaciones auspiciadas por el Estado. El fallo del TSJ le dio la razón al mandatario, argumentando que la ley allanaba el camino para que se especulara con esos bienes inmuebles.

05.05.2016: Respondiendo a una petición de Maduro, la Sala Constitucional de la corte venezolana de mayor rango truncó la reforma parcial de una norma de la que ella misma era objeto. El TSJ alegó que la enmienda de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, propuesta por el Parlamento, era una materia que le competía al Poder Judicial y no al Legislativo. Además, criticó lo que a su juicio era el “vicio de desviación de poder en el que incurrió la AN al modificar la conformación de la Sala Constitucional, atendiendo a objetivos políticos”.

Autores

Deutsche Welle