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Ministro de Defensa dará la orden para derribo de avionetas en Honduras
Miércoles, Marzo 5, 2014 - 09:07

Se detecta, luego se somete “al uso progresivo de la fuerza, a través de la indagación, interceptación, persuasión, convencimiento y como uso máximo la neutralización de la amenaza”.

La Ley de Protección de la Soberanía del Espacio Aéreo , vigente desde este martes, faculta al gobierno para derribar aviones que sobrevuelen sospechosamente el espacio aéreo sin la autorización debida de las autoridades.

El diario oficial La Gaceta, en su edición número 33.369, publicó la esperada ley que comprende ocho artículos y que supone marcará el inicio de una nueva era de combate a la narcoactividad.

“La presente ley tiene por objeto establecer las normas, reglas y procedimientos que deben seguirse para la indagación, intercepción, persuasión y neutralización definitiva de las aeronaves que infrinjan las disposiciones sobre la navegación aérea establecidas en la legislación interna y en el Convenio sobre Aviación Civil Internacional y sus anexos”, dice en su artículo 1.

La ley precisa que todas las aeronaves que sobrevuelen el espacio aéreo nacional deben sujetarse a las disposiciones del Reglamento del Aire contenido en el Convenio sobre Aviación Civil Internacional.

Establece pasos antes de derribar una aeronave. Primero se detecta, posteriormente “debe ser sometida al uso progresivo de la fuerza, a través de la indagación, interceptación, persuasión, convencimiento y como uso máximo la neutralización definitiva de la amenaza, la cual debe ser ordenada por el secretario de Estado en el despacho de Defensa Nacional ”.

Aunque la ley no lo dice, es obvio que el ministro de Defensa no dará una orden de derribo sin previa autorización del Presidente de la República.

El artículo 4 de la Ley establece que antes de derribar una avioneta deben pasar una serie de “circunstancias”. Cita, por ejemplo, “que la aeronave ha ingresado al territorio nacional sin un plan de vuelo aprobado o la inobservancia del plan de vuelo y la ruta ‘ATS’”.

Además, “incumplir con los informes de posición, abstenerse de realizar las comunicaciones aeroterrestres vocales constantes; no identificarse ante los órganos de control del tráfico aéreo o proveer información falsa o apagar los sistemas de identificación de la aeronave; no obtener autorización para volar sobre el territorio nacional o no cumplir con las disposiciones de estos mismos órganos”.

También procederá el ataque aéreo por “ignorar las instrucciones de la aeronave interceptora, sean estas transmitidas por radio-comunicación o bajo el procedimiento de señales previstas en el Reglamento del Aire”. “Deben ser declaradas en Violación del Convenio sobre Aviación Civil Internacional y Amenaza a la Seguridad Naciona l y, por tanto sujetas a la medida de neutralización definitiva, todas aquellas aeronaves que a pesar del cumplimiento de todo el procedimiento previo de indagación, interceptación, convencimiento y persuasión, persistan en actos violatorios del Convenio”, dice al artículo cinco.

Agrega: “El Secretario de Estado en el despacho de Defensa Nacional, una vez que han sido cumplidas completamente las medidas progresivas y el procedimiento establecido en el Reglamento de esta ley, autorizará la medida de neutralización. Previo a proceder a la neutralización, se debe comunicar por radio dicha autorización a la aeronave y ejecutar las acciones finales de advertencia que indiquen la acción inminente a seguir”.

El Consejo Nacional de Defensa y Seguridad , podrá establecer zonas de exclusión aérea, regular el horario, altitud, de conformidad al Convenio de Aviación Civil Internacional. El ministro de defensa, Samuel Reyes , dijo que la Ley es un “elemento adicional” para continuar la lucha antinarcóticos.

“Debemos resaltar que el 70% de los hechos delictivos están vinculados al problema de la droga, entonces si queremos bajar los hechos delictivos en el país tenemos que tomar en serio la lucha contra la droga”. “Esta ley es el elemento adicional a esa estrategia que venimos implementando. Esta ley debe ser acompañada por un reglamento y ese reglamento establece todo un protocolo que permite también asegurar la efectividad de la misma ley”, concluyó.

Autores

ElHeraldo.hn