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Ministro de Justicia colombiano: "el presidente tomó la decisión correcta" en el caso Petro
Jueves, Marzo 20, 2014 - 09:15

Aclaró que “no es el presidente quien destituye el alcalde de Bogotá, sino el Procurador General de la Nación “en uso de unas competencias que le otorga la Constitución” y que el Estado “ni avala ni descalifica” esa determinación.

El ministro de Justicia, Alfonso Gómez Méndez, manifestó que el presidente Juan Manuel Santos con su decisión de no acatar las medidas cautelares que le otorgó la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, a Gustavo Petro “hizo respetar las decisiones de la institucionalidad colombiana”.

“El presidente lo que hizo fue hacer respetar las decisiones de nuestros jueces al más alto nivel, ya que en el caso había intervenido el Tribunal de Cundinamarca, el Consejo Superior de la Judicatura y el Consejo de Estado”, argumentó el exfiscal en diálogo con Blu Radio.

Aclaró que “no es el presidente quien destituye el alcalde de Bogotá, sino el Procurador General de la Nación “en uso de unas competencias que le otorga la Constitución” y que el Estado “ni avala ni descalifica” esa determinación.

“Nosotros no entramos nunca como Gobierno a decir si el procurador tenía o no tenía razón. Es el procurador el que toma esa decisión y el presidente lo que le corresponde como jefe de Estado es ejecutarla”, dijo el funcionario, quien afirmó que le explicó al secretario general de la OEA, José Miguel Insulza, cómo funciona el sistema colombiano al sustentar la decisión.

Manifestó que le llamó la atención de que la CIDH lo hubiera convocado a una audiencia el 24 de marzo para que el Estado colombiano expresara su decisión y al final decidiera otorgar las medidas cautelares antes de esa fecha, en una decisión que se tomó con “nocturnidad”.

“Nos sorprendió un poco la nocturnidad de la decisión de la CIDH, así como el hecho de que a nosotros nos hubieran convocado a una audiencia para el 24 de marzo para oír al Estado y hubieran tomado la decisión antes. Eso es como si un juez convoca a una audiencia para tomar una medida de aseguramiento y la dicta antes de la fecha de la audiencia que fijó”, puntualizó Gómez Méndez.

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ELESPECTADOR.COM