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¿Qué propone el Ministerio de Justicia en el Perú?
Martes, Octubre 25, 2016 - 15:02

El proyecto de reforma constitucional presentado ante el Congreso propone, como primer punto, duplicar el plazo de imprescriptibilidad también para los delitos contra la administración pública.

El viceministro de Justicia, Edgard Carpio, sostuvo dijo que la imprescriptibilidad debe aplicarse a los delitos de corrupción más graves y más frecuentes en la administración pública, como la malversación en sus diversas modalidades, el enriquecimiento ilícito y peculado.

Indicó que actualmente la Constitución establece duplicar el tiempo de imprescriptibilidad solo para los delitos contra el patrimonio del Estado.

Por ello, sostuvo que el proyecto de reforma constitucional presentado ante el Congreso propone, como primer punto, duplicar el plazo de imprescriptibilidad también para los delitos contra la administración pública.

“Lo que pedimos es que en general se duplique el plazo de prescripción para cualquier delito que afecte a la administración pública, es más amplio en el sentido positivo porque deja sin margen a cualquier delito”, aseveró.

Como segundo punto el proyecto de reforma plantea que sean los congresistas quiénes determinen cuáles son los delitos no sujetos a la prescripción y, en consecuencia, podrán iniciarse contra los funcionarios públicos que lo cometan un procedimiento de investigación y sanción, independientemente del tiempo.

Sostuvo que el Ministerio de Justicia no ha propuesto los delitos a los cuales pueda aplicarse la imprescriptibilidad porque se trata de una reforma en la Constitución.

En opinión del ministerio, sin embargo, debería darse contra los delitos de malversación, enriquecimiento ilícito, peculado y peculado de uso, que son los más graves y los más frecuentes.

Carpio comentó que esta reforma constitucional tiene como “antídoto”, para evitar que sea usado con fines políticos, la vigencia de derechos fundamentales como ser investigado en un plazo razonable y no ser procesado dos veces por el mismo delito.

Sostuvo que este proyecto será debatido en la Comisión de Constitución del Congreso y debe ser aprobado en dos legislaturas ordinarias, por tratarse de una reforma constitucional.

“Como Ejecutivo no podemos hacer reformas, por eso no se aprobó mediante decreto legislativo. Se presentó al Congreso, nos convocarán para hacer el sustento correspondiente ante la Comisión”, refirió.

Reiteró que es necesario aprobar una norma como esta porque en los delitos de corrupción, a diferencia de otros, el funcionario que ha cometido el hecho ilícito está en el cargo y oculta su actuación incorrecta, lo que impide conocer el delito y procesarlo.

Autores

Agencia Peruana de Noticias