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Sostienen que el legislativo mexicano cuenta con reiteradas violaciones a la Constitución
Martes, Mayo 17, 2016 - 15:35

El Congreso de la Unión ha congelado a la fecha 20 leyes secundarias de reformas constitucionales que ya deberían estar aprobadas, algunas, desde hace años; está por vencerse el plazo de tres leyes más.

De no aprobar antes de los próximos días 26 y 28, así como del 18 de junio, las reformas pendientes a la legislación secundaria en materia de combate a la corrupción, transparencia, salario mínimo y nuevo sistema de justicia penal, entre otras, el Congreso de la unión incurrirá en nuevas violaciones constitucionales.

A la fecha, de acuerdo con el Violómetro Constitucional del Centro de Investigación y Desarrollo Económicos (CIDE), diputados federales y senadores ya violaron 20 veces la carta magna, porque es la hora que no aprueban igual número de reformas a distintas leyes, en acatamiento de las reformas a la Constitución que el propio Congreso mexicano aprobó en su momento.

Y están a punto de violar tres veces más la carta magna si no aprueban, antes de las fechas referidas, las leyes reglamentarias del Sistema Nacional Anticorrupción, la ley nacional de ejecuciones de sanciones penales, y las leyes generales en materia de desindexación del salario mínimo.

El nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales -ordena la reforma constitucional promulgada el 18 de junio del 2008 para transitar hacia un sistema de justicia de corte acusatorio-adversarial- debe entrar en vigor a nivel federal antes del 18 de junio del 2016, luego de un plazo de ocho años para que todas las instituciones involucradas hicieran las adecuaciones necesarias; sin embargo, hasta ahora, el Congreso no ha concretado la armonización de la miscelánea penal.

El Congreso de la Unión también tiene pendiente expedir, antes del 28, leyes que regulen la organización y facultades de la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y las que normen la gestión, control y evaluación de los poderes del Estado y de los entes públicos federales; y la ley general que establezca las bases de coordinación del Sistema Nacional Anticorrupción.

Además de la ley general que distribuya competencias entre los órdenes de gobierno, para establecer las responsabilidades administrativas de los servidores públicos, sus obligaciones, las sanciones aplicables por los actos u omisiones en que éstos incurran y las que correspondan a los particulares vinculados con faltas administrativas graves y los procedimientos para su aplicación; además de la ley que instituya el tribunal federal de justicia administrativa, entre otras.

¿Quién los sanciona? A la fecha, no está establecida en ninguna ley vigente la sanción que se debe aplicar a los diputados federales y senadores, por violar la Constitución Mexicana al incumplir el plazo establecido para concretar las leyes secundarias o reglamentarias derivadas de reformas a la Carta Magna.

Para Pedro Salazar Ugarte, director del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), la propia Constitución, en su artículo 105, debe contemplar la figura de control de Constitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación por omisión legislativa para obligar al Congreso de la Unión a aprobar las leyes secundarias dentro del plazo legal.

“Esa puede ser una medida interesante en la cual el poder Judicial entra, ya sea a realizar una medida de apremio a los legisladores dándoles digamos pautas y tiempos para aprobar las leyes secundarias, o en su defecto -esto no es deseable pero es posible- suplir al legislador creando las normas secundarias que el legislador no está creando, para hacer efectivas las normas constitucionales’’, explicó.

El Violómetro Constitucional, precisa en la dirección violometro.org, mide, en tiempo real, las violaciones constitucionales en que incurre el Congreso de la Unión al no cumplir con sus obligaciones legislativas dentro de los plazos establecidos en la ley.

Autores

Excelsior.com.mx