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Titular del Congreso pide al JNE que interprete aplicación de recientes cambios en Ley de Partidos
Jueves, Enero 21, 2016 - 13:45

Luis Iberico también indicó que introducir en el debate parlamentario una interpretación de esa naturaleza podría tomarse como una discusión política antes que una discusión constitucional y jurídica.

El presidente del Congreso, Luis Iberico, exhortó al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) a que, en su condición de ente especializado en derecho electoral, resuelva si los recientes cambios a la Ley de Partidos Políticos deben o no aplicarse en los comicios del 10 de abril.

Fue al comentar el comunicado que difundió el JNE en el que pide al Parlamento que aclare -a través de una legislatura extraordinaria- la vigencia de las recientes modificaciones a la Ley de Partidos Políticos, promulgada por el Congreso el pasado fin de semana, vía insistencia.

“Aplicando la Constitución me parece que sería contraproducente arrancar un debate a estas alturas del proceso electoral. Porque si nosotros (el Congreso) vamos a interpretar la ley, tendría que hacerse mediante otra ley o a través de una resolución de la Comisión de Constitución y quizás llegaríamos al 10 de abril y no acabaría este debate”, remarcó.

Iberico también indicó que introducir en el debate parlamentario una interpretación de esa naturaleza podría tomarse como una discusión política antes que una discusión constitucional y jurídica.

“El gran árbitro y el intérprete especializado en materia electoral es el JNE. Hay que confiar en el JNE. Es mi punto de vista como congresista de la República”, afirmó el titular del Congreso.

Recordó que el artículo 103° de la Constitución de 1993 es muy claro cuando señala que las leyes no tienen carácter retroactivo, salvo las leyes de carácter penal cuando la retroactividad favorece al reo.

“Y este no es el caso. Si ya se convocó a proceso electoral mediante el presidente de la República y luego se publica el cronograma de plazos electorales por parte del JNE, la nueva ley (de Partidos Políticos) no podría aplicarse de manera retroactiva. Para ello rige la ley dentro del marco del cual fue hecha la convocatoria”, añadió.

Autores

Agencia Peruana de Noticias