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Acoso comercial telefónico: ¿qué les da derecho a llamarme?
Lun, 28/04/2014 - 12:42

Loreto Oda Marín

Botar o no botar, esa es ahora la cuestión
Loreto Oda Marín

Loreto Oda es periodista de AméricaEconomía.com

El celular suena de nuevo. Miro el número y prácticamente me lo sé de memoria.

La reiteración me ha permitido recordar y memorizar. No sé quién está al otro lado, pero sé para qué llaman.

A veces cortó; a veces contesto. Dependiendo de mi estado de ánimo y de qué tan ocupada esté.

Últimamente cuando contesto, me suelo preguntar para qué lo hago si no tiene sentido.

La grabación al otro lado de la línea no puede atender mis reclamos. No reacciona ante mis reclamos, no puede leer mi profunda molestia. Es como rebotar contra una pared.

Me siento harta y violentada. Esa compañía telefónica lleva semanas llamándome para que cancele un producto cuando ni siquiera soy su cliente. Sé que no soy la única que se siente acosada por una empresa. Estoy profundamente de acuerdo con la asociación española ACE, que considera que el 90% de las veces que una empresa efectúa una llamada es para ofrecer un servicio que no interesa.

A forma de desahogo escribo en las redes sociales la situación y los emplazo a solucionar el problema. Suelen responder que están trabajando en eso, pero sé que no hay solución. Una amiga me comenta que ella puso un reclamo en el Servicio Nacional el Consumidor (Sernac) y que todo se acabó, así que entusiasmada ocupo la misma red social para advertirles de mi futura acción, y aunque logro que sean más claros en su respuesta... el problema no cesa.

¿Hasta dónde puedo ser así de acosada con una práctica que desde los años 90 es reconocida como agresiva? ¿Hasta dónde la empresa seguirá sintiendo que tiene derecho a hacerlo?

En algunos países esta práctica está controlada o regulada. Un ejemplo es España, que recientemente aprobó una norma en el Congreso que especifica que las llamadas comerciales no podrán realizarse entre 09 a 21 horas, en fines de semana ni festivos. Además, mediante la modificación a la Ley de Protección de los Consumidores se busca sancionar los acosos comerciales menores con una multa de 300 euros, mientras que los graves con 600.000 euros.

En tanto, en Chile el Sernac tiene activado en su página el servicio "¡No Molestar!", para ir en contra de los envíos masivos de correos, llamados o mensajería convencional. Ahí mismo la institución te recuerda que "los derechos de los consumidores, en cuanto a la protección de sus datos personales, están regulados por una ley especial (Ley 19.628 de Protección de Datos Personales)".

Así que movilizada por la arenga del Sernac y sabiendo que hago uso de mi derecho, procedo a detallar en el sitio web los datos del acoso.

Desde entonces, ese número no ha vuelto aparecer en la pantalla de mi celular.

Pero como buena periodista -a mí me pagan por desconfiar-, sé que una noche, más pronto que tarde, ese número volverá a aparecer en la pantalla, iluminando mi habitación en penumbras, como si me obligaran a asistir al estreno de la segunda parte de una película de terror telefónico.