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Propiedad intelectual: un modelo caduco
Mié, 09/03/2011 - 10:07

Lorenzo Bernaldo de Quirós

Un Nobel liberal
Lorenzo Bernaldo de Quirós

Presidente de Freemarket International Consulting en Madrid, España, y académico asociado del Cato Institute.

Junto a la panoplia de subvenciones y otras medidas proteccionistas, el gobierno español dio una vuelta de tuerca más a su intervencionismo a favor de los burócratas del cine con la denominada Ley Sinde. Bajo la “noble” intención de proteger los derechos de propiedad intelectual se esconde la defensa de los intereses de un grupo que aspira a lo imposible: forzar a los demás a pagar por ver cosas que no desean.

Para más inri, los intentos de someter la red de internet a prácticas policiacas o a caza de brujas no tendrán efectividad alguna. El mercado buscará nuevas vías para distribuir películas o cualquier otro tipo de producto cultura susceptible de ser digitalizado. La tecnología derribará cualquier barrera regulatoria que se le intente imponer. Esta es en definitiva la posición que subyace en el Testamento Intelectual de Alex de la Iglesia (cineasta español) en su discurso en los Premios Goya.

De entrada, la información es costosa de producir y barata de reproducir. Películas que cuestan millones de euros pueden ser copiadas a un precio irrisorio. Los economistas dicen que la producción de un bien de información envuelve altos costes fijos, pero bajos costes marginales. Así pues, el costo de producir la primera copia de ese tipo de bienes puede ser sustancial, pero el de producir o reproducir copias adicionales es despreciable. Desde esta perspectiva, los cambios tecnológicos han destruido la estructura tradicional del marco jurídico sobre el que se sostenía la protección de la propiedad intelectual. La información digital puede ser perfectamente copiada e instantáneamente transmitida a todo el mundo y, al ser gratuita, los productores podrían no ser capaces de recuperar sus costes de producción. En el caso del cine, esta hipótesis teórica no se ve apoyada por la evidencia empírica.  

En ese sentido, los intentos de prohibir la piratería en la red para salvar el cine español de sus depredadores es absurda por una sencilla razón: apenas se descargan filmes nacionales. De las 20 películas más descargadas a través de internet, en 2009 y 2010, no se encuentra ninguna española y el “vampirismo” de los internautas no ha impedido que las cintas líderes hayan obtenido unos ingresos espectaculares en taquilla. 

Así, Avatar recaudó US$2.880 millones a pesar de ser la película más pirateada en internet en 2010, y lo mismo sucedió con Star Trek en 2009, que ingresó una cantidad similar. En promedio, la teórica pérdida económica, el lucro cesante para los productores de los grandes filmes bajados de la red no supera el 5 por 100 de su recaudación en taquilla, es decir, un porcentaje irrelevante. Por otra parte, nadie podría escandalizarse de que los espectadores bajasen “gratis” películas, como las españolas, que ya han pagado con sus impuestos, las subvenciones y el canon.

Desde esta perspectiva, los propietarios de los contenidos exageran los riesgos de las innovaciones tecnológicas y de la piratería para la propiedad intelectual. La historia de la industria del video es un buen ejemplo. Hollywood entró en pánico cuando la aparición de los videos permitió copiar las películas emitidas por televisión y lanzó una agresiva campaña legal para impedir ese fenómeno. Obviamente no consiguió su objetivo. Además de indeseable, es imposible parar las innovaciones y los cambios tecnológicos cuando ya se han producido. La ironía es que, en la actualidad, muchas de las producciones realizadas desde la Meca del Cine se hacen a través de videos cuya venta y alquiler ha supuesto durante años y todavía suponen una colosal fuente de ingresos para los estudios. 

En un escenario de revolución tecnológica, la estrategia inteligente de quienes defienden la propiedad intelectual ha de ser elegir los términos y las condiciones que maximizan su valor, en vez de empeñarse en maximizar los términos y las condiciones de su protección. Servicios como iTunes permiten a la gente comprar canciones de manera eficiente y a un bajo precio. Los artistas han comenzado a emplear YouTube y otras fuentes para ofrecer música gratuita como una vía para generar interés y derivarles a las páginas en las que pueden adquirir su música. Esto hace a los artistas más accesibles y les proporciona mayores audiencias. En suma, las propias fuerzas del mercado terminarán por descubrir nuevos métodos y procedimientos que permitan combinar los deseos de los productores y los de los consumidoresm como ha sucedido siempre a lo largo de la historia. 

Por último, la propiedad intelectual es un animal diferente a la propiedad física. Esta, por definición, es escasa y la primera no lo es en tanto las imágenes, las ideas, los sonidos etc. pueden ser reproducidos hasta el infinito. De alguna manera tiene rasgos muy similares a los de los denominados bienes públicos: la no rivalidad en el consumo, esto es, el escuchar una emisora de radio no impide a otros el hacerlo y la imposibilidad de excluir a los consumidores de su uso o disfrute, es decir, no puedo impedir el acceso a una película que se me ofrece de manera gratuita en la red. Como señaló Benjamín Tucker, a finales del siglo XIX, si alguien quiere monopolizar sus ideas, la única forma de hacerlo es mantenerlas fuera del mercado.

En la práctica, la Ley Sinde, además de su ineficacia para proteger los derechos de propiedad intelectual de los burócratas de la cultura, crea las bases para desencadenar una verdadera caza de brujas contra los internautas. Es un ejemplo claro del carácter reaccionario del socialismo reinante.

*Esta columna fue publicada originalmente en el centro de estudios públicos ElCato.org.

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