
Los usuarios tienen derecho a cambiar de operador con el mismo número de teléfono (portabilidad numérica). La SIC presume que Movistar estaría obstaculizando este proceso.
La Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia (SIC) inició una investigación administrativa contra Movistar por el presunto desconocimiento al derecho de libre elección.
En el país cafetero, los usuarios tienen derecho a cambiar de operador cuando estos lo consideren oportuno, conservando el mismo número de celular. A este proceso se le conoce como portabilidad numérica.
La autoridad presume que la mencionada empresa estaría imponiendo barreras para obstaculizar este proceso a sus usuarios. La investigación se adelanta tras la recepción de varias denuncias.
Puntualmente, la SIC cree que Movistar estaría incurriendo en las siguientes dos infracciones:
1. Retraso en la entrega del NIP: Movistar habría demorado -o no entregado- los NIP necesarios para completar el proceso de portabilidad a otro operador, a pesar de haberlos recibido oportunamente en su red.
El NIP (Número de Identificación Personal), corresponde a un número asignado al usuario solicitante que permite verificar su identidad en el proceso de portabilidad numérica, y sin el cual no se puede concluir el traslado del usuario al operador receptor (operador al cual quiere migrar el usuario solicitante).
2. Ofrecimiento de incentivos para evitar la portación: En el marco del proceso de portabilidad numérica, Movistar habría ofrecido beneficios especiales a los usuarios que ya se encontraban en el proceso de cambio a otro operador, vulnerando esta prohibición expresa, presente en la regulación vigente.
Sobre esto último hay que tener en cuenta que el derecho de portabilidad numérica no solo le permite a los usuarios acceder a mejores ofertas en el mercado, sino que también facilita la competencia entre los operadores.
Mientras se adelanta la investigación, la SIC le ordenó a Movistar, y de forma preventiva:
- Cumplir estrictamente los tiempos establecidos para el envío de los NIP. La regulación vigente exige a los operadores móviles remitir los NIP en un tiempo máximo de 5 minutos en el 95% de las solicitudes, y en ningún caso más allá de 10 minutos desde su recepción, incluso en las ocasiones en que el usuario tiene el servicio suspendido.
- Abstenerse de enviar mensajes promocionales una vez iniciado el proceso de portabilidad numérica hacia otro operador móvil.
Si se comprueba que Movistar incurrió en estas acciones, el operador podría recibir sanciones de hasta 15.000 salarios mínimos legales mensuales.
“Para este caso, la resolución que ordena formular cargos no admite recursos, por tratarse de un acto de trámite. No obstante, Movistar cuenta con un plazo de 15 días para presentar sus argumentos, realizar solicitudes probatorias y ejercer su derecho de defensa. Con el inicio de este procedimiento administrativo, la SIC hace un nuevo llamado a los distintos proveedores de servicios de telecomunicaciones a ser respetuosos de las garantías que el sistema legal colombiano ha brindado a los usuarios de telecomunicaciones, en particular, a cumplir cada una de las obligaciones que le han sido asignadas en el marco del proceso de portabilidad numérica, como las aquí investigadas”, concluyó la SIC.
LA RESPUESTA DE MOVISTAR
El Espectador consultó a Movistar sobre lo anterior.
La respuesta de la compañía fue la siguiente:
"Movistar es respetuosa de las normas establecidas para el desarrollo del proceso de portabilidad numérica móvil. Fuimos notificados de la apertura de la investigación por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio, y ejerceremos nuestra defensa. Respecto a las medidas preventivas anunciadas por la SIC, la compañía no ha sido notificada".